La Legislatura instrumentará un registro de todas las sesiones que se denominará Diario de los Debates, el cual será público. (Art. 188 Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas)
El Diario de los Debates es el órgano oficial en el que se publicará la fecha y el lugar en que se verifique la sesión, el orden del día, el nombre del presidente que presida, el acta de la sesión anterior, la versión escrita de las discusiones en el orden en que se desarrollaron; además, se agregará un ejemplar de la Gaceta Parlamentaria al acta correspondiente de la fecha en que se llevó a cabo la sesión respectiva. Solo se podrá solicitar a la presidencia de la Mesa Directiva se integren al Diario de los Debates, aquellos documentos que no hayan sido publicados en la Gaceta Parlamentaria a solicitud de algún diputado, siempre y cuando se haya aprobado su inclusión en el orden del día, autorizado lo anterior se podrá dar cuenta de un resumen o síntesis de su contenido por quien corresponda. (Artículo 189 Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas).
La Legislatura del Estado se instalará el siete de septiembre del año de su elección y tendrá durante cada año de ejercicio dos Períodos Ordinarios de Sesiones. El primero iniciará el ocho de septiembre y concluirá el quince de diciembre, pudiéndose prorrogar hasta el treinta de diciembre del mismo año; el segundo comenzará el primero de marzo y terminará el treinta de junio. (Art. 57 Constitución Política del Estado de Zacatecas), (Art. 78 Reglamento General del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas
Dirección de Apoyo Parlamentario: Lic. Carlos González Espinosa. Subdirección Diario de Debates: Lic. Flor de María Fuentes Núnez. (Responsable de las publicaciones de Actas de las sesiones aprobadas por el Pleno).
Las actas que no se han publicado se encuentran en proceso de transcripción, elaboración y/o aprobación por el pleno.