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04 de Octubre de 2024
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Artículo 11, Fracción VI - Cuotas
Costos de Material por Reproducción de Información
Los costos de material por la reproducción de información se establecen con fundamento en el Artículo 110 de La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas que textualmente dice:
Artículo 110. En caso de existir costos para obtener la información, deberán cubrirse de manera previa a la entrega y no podrán ser superiores a la suma de:
 
I. El costo de los materiales utilizados en la reproducción de la información;
 
II. El costo de envío, en su caso; y
 
III. El pago de la certificación de los Documentos, cuando proceda.

Las cuotas de los derechos aplicables deberán establecerse en la ley correspondiente y disposiciones aplicables, los cuales se publicarán en los sitios de Internet de los sujetos obligados. En su determinación se deberá considerar que los montos permitan o faciliten el ejercicio del derecho de acceso a la información, asimismo se establecerán la obligación de fijar una cuenta bancaria única y exclusivamente para que el solicitante realice el pago íntegro del costo de la información que solicitó.

La información deberá ser entregada sin costo, cuando implique la entrega de no más de veinte hojas simples. Las Unidades de Transparencia podrán exceptuar el pago de reproducción y envío atendiendo a las circunstancias socioeconómicas del solicitante.
Así mismo la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, reformada el 30 de diciembre del 2015, para tal efecto establece:

ARTICULO 69 BIS.- Los servicios que prestan las dependencias y entidades de la Administración Pública Centralizada a que se refieren los artículos 22 y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, por la reproducción de la información a través de documentos físicos, en medios de almacenamiento o por envío vía internet, que le sean solicitados en materia del derecho a la información pública, se cobrará conforme a lo siguiente:

 

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

I. Por la expedición de copia simple por hoja ………………$1.00;

 

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

II. Por expedición de copia certificada por hoja ……………. $1.70;

 

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

III. Por la expedición de copia a color por hoja ……………...$1.70;

 

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

IV. Por cada hoja enviada por internet que contenga la información requerida..........$ 1.70;

 

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

V. Por cada hoja transferida a un medio de almacenamiento (USB, Disco Compacto o cualquier otro), que contenga la información requerida…………………………..............................................$1.70

 

(ADICIONADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

VI. Por expedición de copia simple de

planos por metro cuadrado de papel.                 $61.00;

 

(ADICIONADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

VII. Por expedición de copia certificada de

planos por metro cuadrado de papel.                 $82.00;

 

(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2015)

VIII. Cuando se requiera el envío de información a través del Servicio Postal Mexicano o empresas privadas de mensajería, además del costo que se cause por la expedición de las copias que refiere el presente artículo, dicho envío tendrá un costo de:

 

a) Por conducto del Servicio Postal Mexicano ………………$ 68.00;

 

b) A través de empresas privadas de mensajería para envío estatal….$103.00;

 

c) A través de empresas privadas de mensajería para envío nacional.. $473.00;

 

d) A través de empresas privadas de mensajería para envío al extranjero…….$676.00;

 

(REFORMADO, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2014)

Los mismos importes y tarifas serán aplicables por la expedición de los documentos físicos o que en medio magnético u óptico realicen los Poderes Legislativo y Judicial y que le sean solicitados en materia de acceso a la información pública. Lo anterior sin perjuicio de las exenciones o no causación de derechos que por estos conceptos se encuentren previstas (sic) en otras leyes.

 

Responsable de actualizar la información: Unidad de Transparencia
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