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Cuenta Pública Municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, del ejercicio 2008 - LXI Legislatura (Sep 2013 - Sep 2016)
 
DECRETO # 107
 
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
 
 
I.-    La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la Fracción IV del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del Artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las Fracciones III del Artículo 17 y IV del Artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
 
II.-La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del Artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
 
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
 
 
 
I.-         Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, del ejercicio 2008;
 
II.-        Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
 
III.-       Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
 
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
 
a).-       La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2008 del Municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, el día 06 de agosto de 2009, que fue presentada extemporáneamente.
 
b).-       Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 30 de septiembre de 2009, en oficio PL-02-01-2535/2009.
 
  
INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $28,772,934.51 (VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 51/100 M.N.), que se integran por el 44.27% de Ingresos Propios y Participaciones; 25.55% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 30.18% de Otros Programas, con un alcance de revisión de 93.71%.
 
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $28,555,125.30  (VEINTIOCHO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS 30/100 M.N.), de los que se destinó el 45.29% para el concepto de Gasto Corriente y Deuda Pública, Además de 1.13% para Obra Pública, 24.25% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 29.33% para Otros Programas, con un alcance de revisión de 28.05%. 
 
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio 2008, un Superávit, por el orden de $217,809.21 (DOSCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS NUEVE PESOS 21/100 M.N.), en virtud de que sus Ingresos fueron mayores a sus Egresos.
 
 
CUENTAS DE BALANCE:
 
CAJA.- Se presentó un saldo en Caja al 31 de diciembre de 2008, de $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 M.N.), importe integrado por el Fondo Fijo del Municipio.
 
BANCOS.- Se presentó un saldo en Bancos al último día del ejercicio, de $3,548,360.27 (TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS 27/100 M.N.), importe integrado en cinco cuentas bancarias a nombre del Municipio.
 
DEUDORES DIVERSOS.- Se presentó saldo en Deudores Diversos al último día del ejercicio por $549,078.58 (QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y OCHO PESOS 58/100 M.N.), integrado por préstamos otorgados a Empleados de Base por $466,478.8 y Otros Deudores por $102,600.00.
 
ACTIVO FIJO.- El saldo de Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008, fue por $4,166,482.22 (CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 22/100 M.N.). Las adquisiciones de Activo Fijo en el ejercicio fueron por la cantidad de $531,120.70.
 
DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS.- El saldo de los adeudos del municipio al 31 de diciembre de 2008 ascendió a $1,254,347.33 (UN MILLÓN DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 33/100 M.N.), el cual representa un incremento del 67.89% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente a endeudamiento con Banobras y Godezac.
 
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto ejercido del Programa Municipal de Obras fue de $315,771.31 (TRESCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PESOS 31/100 M.N.), habiéndose ejercido en su totalidad al cierre del ejercicio, en 7 obras programadas las cuales fueron terminadas, por lo que existe cumplimiento en la ejecución.
  
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $4,246,111.00, (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO ONCE PESOS 00/100 M.N.), distribuido de acuerdo a la Ley de Coordinación Fiscal de la siguiente manera: 95% para Infraestructura Básica Obras y Acciones, 3% para Gastos Indirectos y 2% para Desarrollo Institucional.
 
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $2,958,714.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CATORCE PESOS 00/100 M.N.), se destinaron conforme a los siguiente: 33.61% a Obligaciones Financieras, 10.03% a Seguridad Pública, 44.89% a Infraestructura Básica y el 11.47% restante para Adquisiciones. La aplicación de los recursos al último día del ejercicio se realizó en un 98.20%, revisándose documentalmente el 100.00% de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $3,609.00, los cuales no fueron aplicados durante el ejercicio 2008.
 
RAMO 23.- Se aprobaron recursos del Programa FONREGIÓN por un total de $6,179,961.27 (SEIS MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN PESOS 27/100 M.N.), mismos que se ejercieron en su totalidad en ocho obras.
 
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
 
I)            INDICADORES FINANCIEROS
 

CLASIFICACIÓN
INDICADOR
RESULTADO
Administración de Efectivo
Liquidez
Cuenta con $2.96 de activo circulante para pagar cada $1.00 de obligaciones a corto plazo. Con base en lo anterior se concluye que el municipio cuenta con liquidez.
Administración de Pasivo
Carga de la Deuda
La carga de la deuda para el municipio fue por el orden de                                                                      $1,511,195.15 que representa el 5.29% del gasto total.
Solvencia
Cuenta con un nivel positivo de solvencia para cumplir con sus obligaciones a largo plazo, ya que su pasivo total representa el 15.18% del total de sus activos.
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 94.32%.  
 
 
 
Administración
Presupuestaria
Realización de Inversiones, Servicios y Beneficio Social
El 53.55% de los Ingresos por Participaciones y Aportaciones Federales fue destinado a obras de Infraestructura, servicios públicos y programas de beneficio social, existiendo por tanto un nivel no aceptable de inversión en los rubros mencionados.
 
Índice de Tendencias de Nómina
La nómina presentó un incremento del 9.33% respecto del ejercicio anterior.
 
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 69.49% del total del gasto de operación.
 
Resultado Financiero
Presenta un grado Positivo de equilibrio financiero en la administración de sus recursos.
 

 
 
 II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS
 
a)   Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal.
 

CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
 
Nivel de Gasto; porcentaje ejercido del monto asignado (a la fecha de revisión). El municipio no presentó la información respectiva a la fecha de revisión, 31 de agosto de 2009.
N/A
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS.
Concentración de inversión en pavimentos.
N/A
Porcentaje de viviendas que carecen del servicio de agua potable
 1.5
Porcentaje de viviendas que no cuentan con drenaje
 24.0
Porcentaje de viviendas que no cuentan con energía eléctrica
 3.6
Concentración de inversión en la Cabecera Municipal.
N/A
Concentración de la población en la Cabecera Municipal
75.4
DIFUSIÓN.
 
Índice de difusión de obras y acciones a realizar, incluyendo costo, ubicación, metas y beneficiarios.
100.0

 
 
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los           Municipios.
 

 
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
ORIENTACIÓN DE LOS RECURSOS (a la fecha de revisión)
Gasto en Obligaciones Financieras.
N/A
Gasto en Seguridad Pública
N/A
Gasto en Obra Pública
N/A
Gasto en Otros Rubros
N/A
Nivel de Gasto ejercido
 98.2

 
  • El municipio no presentó la información respectiva a la fecha de revisión, 31 de agosto de 2009.
  
   c) Programa Municipal de Obras.
 

 
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto a la fecha de revisión.
100.0
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS  
Porcentaje de obras que no están terminadas y/o no operan
N/A
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Porcentaje de obras de la muestra de auditoría con acta de entrega recepción
N/A

 
d) Ramo 23. Fondo Regional (FONREGIÓN)
 

 
CONCEPTO
VALOR DEL INDICADOR %
CUMPLIMIENTO DE METAS
Nivel de Gasto a la fecha de revisión
100.0
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS  
Porcentaje de obras que no están terminadas y/o no operan
0.0
PARTICIPACIÓN SOCIAL
Porcentaje de obras de la muestra de auditoría con acta de entrega recepción
100.0

 
e) Servicios Públicos
 

 
INDICADOR
 
INTERPRETACIÓN
RELLENO SANITARIO
El Relleno Sanitario cumple en un 54.5% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente, por lo tanto se observa que cuenta con un nivel Aceptable en este rubro. En el Relleno Sanitario de este municipio se depositan de 8 a 10 toneladas de basura por día aproximadamente, correspondiendo por tanto a tipo C.
RASTRO MUNICIPAL
El Rastro Municipal cuenta con un nivel Aceptable, debido a que presenta un 73.0% de grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de salud e higiene bajo la Norma Oficial Mexicana.

  
 
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
 
 El Municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas, cumplió en 46.40 por ciento la entrega de documentación Presupuestal, Comprobatoria, Contable Financiera, de Obra Pública, y de Cuenta Pública Anual que establecen las Leyes de Fiscalización Superior y Orgánica del Municipio.
 
 
 
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/1141/2010 de fecha 01 de junio de 2010, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
 
 
TIPO DE ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
 
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
 
 
 
 
Cantidad
Tipo
 
Pliego de Observaciones
19
1
18
Promoción para Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria
18
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control
38
0
38
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control
38
Solicitud de Aclaración
38
2
31
Fincamiento Responsabilidad Administrativa
31
 
 
 
5
 
Recomendación
5
Subtotal
95
3
92
92
Acciones Preventivas
 
Recomendación
51
0
51
Recomendación
 
Subtotal
51
0
51
51
TOTAL
146
3
143
143
 
 
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
 
 
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia, es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
 
1.      La Auditoría Superior del Estado con relación a las Recomendaciones y Solicitudes de Intervención del Órgano Interno de Control, solicitó la atención de las autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas correctivas y preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
 
 
2. Promociones para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa derivadas de las Solicitudes de Aclaración: AF-08/06-020 a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal durante el ejercicio 2008; AF-08/06-026 a los C.C. Baltazar Varela Vaquera, Hugo Javier Castillo Balderas e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Síndico, Secretario de Gobierno y Presidente Municipal, respectivamente durante el ejercicio 2008; AF-08/06-042 a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008 e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal durante el ejercicio 2008; PF-08/06-028, PF-08/06-034, PF-08/06-040, PF-08/06-041 a los C.C. M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente,  durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008; OP-08/06-003 a los C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez   e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras Públicas y Presidente Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008 y OP-08/06-015, OP-08/06-016, OP-08/06-017, OP-08/06-018, OP-08/06-029, OP-08/06-039, OP-08/06-043, OP-08/06-045OP-08/06-050 a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras Públicas y Presidente Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
 
 
·                  Por no aclarar el saldo en la cuenta bancaria 6600 con nombre de Gasto Corriente de la institución bancaria Banorte, en virtud de que esta no fue confirmada por el banco.
 
·                  Por no presentar evidencia del seguimiento a la demanda no. 145-111/2007 interpuesta por el Ayuntamiento con fecha 05 de septiembre de 2007, para la recuperación de vehículo.
 
·                  Por no Presentar el Informe Financiero del Patronato de la Feria de Cañitas de Felipe Pescador 2008, así como la documentación comprobatoria que lo soporte.
 
·                  Por no presentar la documentación comprobatoria en original de erogaciones realizadas con Recursos Federales, por la adquisición de una computadora portátil.
 
·                  Por no presentar los convenios con Dependencias Estatales a través de los cuales se formalice los recursos aportados, en los que se señale el destino de los mismos, los beneficios obtenidos por el municipio y los proyectos y acciones a realizar, así como exhibir documentación técnica y social, que demuestre la ejecución y término de los proyectos y acciones convenidas.
 
·                  Por no presentar reportes fotográficos, generadores de obra y metas alcanzadas, fianzas de vicios ocultos y actas de entrega recepción que comprueben documentalmente la ejecución y término de las obras con nombre y firma de los beneficiarios que reciben y de los funcionarios que realizaron la entrega, dichas obras fueron realizadas con recursos del Programa FONREGIÓN.
 
·                  Por no presentar evidencia de la autorización del Cabildo para el ejercicio de un monto superior al presupuestado para la obra Parque Municipal.
 
·                  Por no presentar la conciliación anual del Programa Municipal de Obras realizada en coordinación de Tesorería y Obras y Servicios Públicos, así como la carátula al mes de diciembre de los informes físicos-financieros 2008, con el listado de obras, metas, montos (programados-ejercidos reales) y avances físicos.
 
·                  Por no presentar convenios celebrados en coordinación con la Junta Estatal de Caminos, en el que se aclare el alcance de éstos, de la obra “Terracerías la Quemada”.
 
·                  Por no adjuntar a los expedientes de obra documentos solicitados que aclaren erogaciones relacionadas con la obra “Remodelación de edificio de la Presidencia Municipal (1ª. y 2ª. Etapa”).
 
·                  Por no presentar soporte documental de erogaciones realizadas en la obra “Ampliación de Red de drenaje en avenida deportiva, Barrio Loma Linda Norte, Cañitas de Felipe Pescador, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $48,103.02 (CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TRES PESOS 02/100 M.N.).
 
·                  Por no presentar soporte documental de erogaciones realizadas en la obra “Ampliación de Red de drenaje en calle Josefa Ortiz de Domínguez, Barrio Loma Linda Norte”, misma que se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $15,445.07 (QUINCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 07/100 M.N.).
 
·                  Por no presentar soporte documental o estimaciones de los trabajos realizados por el concepto de pago de mano de obra, de la “Ampliación de Red de agua Potable por el Lienzo Charro la Quemada, Cañitas de Felipe Pescador,” misma que se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $8,387.00 (OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.).
 
 
·                  Por no presentar soporte documental por concepto de pago de mano de obra en excavaciones realizadas en la obra “Ampliación de red de Agua Potable en el Pedregal-Carretera la Encantada, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $26,433.00 (VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.).
 
·                  Por no presentar soporte documental como factura, contrato y/o orden de trabajo por pago de anticipo, estimaciones en las que se justifique la amortización del anticipo, números generadores, así como aclaración del porque no aplica sanciones por atraso de los trabajos de la obra “Ampliación de drenaje en avenida 6 de octubre, Boquilla de abajo, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $300,000.00 (TRECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.).
 
·                  Por no presentar expedientes unitarios completos, de la obra “Enmallado en tiradero municipal, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por un importe $151,640.00 (CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N.).
 
  
·                  Por no adjuntar en el expediente de obra, bitácora, contratos, pólizas de garantía de los anticipos entregados, facturas que amparen los anticipos y compra de malla ciclónica, en la obra “Remodelación del Lienzo Charro Municipal, cabecera municipal de Cañitas de Felipe pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada.
 
·                  Por no adjuntar en el expediente de obra documentos solicitados tales como: bitácora, documentación del proceso de licitación por invitación a cuando menos tres personas, pólizas de garantía del anticipo, cumplimiento y vicios ocultos en la obra “Remodelación de edificio de la Presidencia Municipal (1ª. y 2ª. Etapa”), realizadas mediante el programa Fonregión, mismas que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, de igual forma por fraccionar la obra siendo que por el monto aprobado en las dos etapas, se debió llevar a cabo la adjudicación por licitación pública de conformidad con normatividad aplicable.
 
 
3. Promociones para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa con Carácter Resarcitorio, derivadas de las  Solicitudes de Aclaración: AF-08/06-009 a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008 e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal; AF-08/06-014, PF-08/06-014, a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal durante el ejercicio 2008; PF-08/06-009, PF-08/06-019, PF-08/06-022, PF-08/06-023, PF-08/06-025, PF-08/06-027, PF-08/06-029, PF-08/06-031, PF-08/06-035, a los M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente; OP-07/06-004 y OP-08/06-026 a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras Públicas y Presidente Municipal respectivamente,  y la derivada de la acción PF-08/06-042, a los C.C. L.A. Angélica Esparza García Tesorera Municipal, del 1° de enero al 29 de septiembre y Ma. Esperanza Castruita Salazar Tesorera Municipal del 30 de septiembre al 31 de diciembre, del ejercicio 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga Presidente Municipal, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
 
 
·                  Registrar e informar en su Cuenta Pública ingresos inferiores por el concepto de Impuesto Predial y rezagos por la cantidad de $474,550.20 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 20/100 M.N.).
 
·                  No presentar documentación que justifique el gasto por $12,629.98 (DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 98/100 M.N.), con solicitud de apoyo, copia de identificación oficial y recibo firmado por el o los beneficiarios del apoyo otorgado a diferentes instituciones y particulares.
 
 
·                  No presentar Vales por la entrega de 133 bultos de cal, 299 bultos de cemento, 96 láminas galvanizadas y 48 polines-montenes, con nombre y firma de la persona que recibe y funcionarios que autorizan, que compruebe y justifique el destino de aplicación del material por la cantidad de $54,575.00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar documentación comprobatoria que pruebe la entrega de materiales de papelería, tlapalería, de construcción, refacciones y artículos deportivos, por la cantidad de $522,072.19 (QUINIENTOS VEINTIDOS MIL SETENTA Y DOS PESOS 19/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar relación con nombre y firma de personas que viajaron a la Ciudad de México y a Fresnillo, Zacatecas, así como pliegos de comisión, programa de actividades en el que se especifique el motivo del viaje, con nombre y firma de los funcionarios municipales que lo autorizaron, por la cantidad de $13,200.00 (TRECE MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar generadores de obra de trabajos realizados y metas alcanzadas, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que demuestre documentalmente la instalación de los tableros en la cabecera municipal y en la comunidad de Boquilla de Abajo, por la cantidad de $37,950.00 (TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar, póliza de cheque no. 326 de la cuenta no. 563822569 de Banorte, S.A., que fue devuelto por insuficiencia de fondos y la documentación comprobatoria que avale la erogación por la cantidad de $12,359.20 (DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 20/100 M.N.).
 
·                  No presentar la documentación que justifique el gasto por $12,629.98 (DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 98/100 M.N.), con solicitud de apoyo, copia de identificación oficial y recibo firmado por el o los beneficiarios del apoyo otorgado a diferentes instituciones y particulares.
 
·                  No presentar la documentación comprobatoria de beneficiarios que avale la recepción de chamarras, por un importe $18,000.03 (DIECIOCHO MIL PESOS 03/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar generadores de obra de los trabajos realizados y metas alcanzadas, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que evidencien la obra realizada con los montenes, por la cantidad de $10,850.00 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar comprobación documental que avale la recepción de uniformes por parte de 481 beneficiarios, por la cantidad de $128,066.25 (CIENTO VEINTIOCHO MIL SESENTA Y SEIS PESOS 25/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar el original de la factura no. 250 de Agro Accesorios Hidráulicos S.A. de C.V, así como reporte fotográfico y acta de entrega recepción que compruebe el destino de aplicación de bomba sumergible, por la cantidad de $14,125.00 (CATORCE MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar la aclaración correspondiente de la diferencia por $32,764.99 (TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 99/100 M.N.), por diversos materiales, detectada en los informes físicos financieros, debido a que los auxiliares no son elaborados de acuerdo a la guía de Informes de Obra Pública y en la revisión física no se pudieron localizar.
 
·                  Por no presentar soporte documental como álbum fotográfico, números generadores del volumen de obra, así como factura por pago de combustible en la obra “Ampliación de embovedado para aguas residuales en avenida Coahuila Barrio Bajío, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física fue encontrada terminada y en operación, así como por conceptos pagados y no ejecutados por la cantidad de $45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.).
 
·                  Por no exhibir soporte documental que justifique y demuestre la erogación realizada para la obra denominada Lienzo Charro realizada con recursos del Programa Fonregión, por la cantidad de $73,070.00 (SETENTA Y TRES MIL SETENTA PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, ambos durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
 
4. De Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria, por la cantidad de $2,300,386.99 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 99/100 M.N.), derivado de la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-006-2008-46/2009, relativo a lo siguiente:
 
·                  Por no exhibir soporte documental correspondiente a la venta de un vehículo oficial por la cantidad de $45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) ya que no se presentó  registro del ingreso por la venta, ni de los registros de alta y baja del activo fijo y patrimonio, y que se haya observado la normatividad para la venta de  camión oficial, a los C.C. Ing. Marco Antonio Regis Zuñiga y Lic. Baltazar Varela Vaquera, quienes se desempeñaron como Presidente, y Síndico Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, así como la C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, todos en la modalidad de responsables directos.
  
 
·                  Por no exhibir soporte documental por erogaciones con cargo al presupuesto de egresos por diversos conceptos, por la cantidad de $180,940.00 (CIENTO OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga Presidente Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directa y subsidiario respectivamente.
 
 
·                  Por no exhibir soporte documental de erogaciones con cargo al presupuesto de egresos de las que no se justifican ni se comprueba la aplicación del gasto por concepto de pago de Aguinaldo y Prima Vacacional, por un importe de $10,537.49 (DIEZ MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 49/100 M.N.) a los C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga y Baltazar Varela Vaquera, Presidente y Síndico Municipales respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directa y subsidiarios los dos últimos.
 
  
·                  Por efectuar pagos excedentes por el importe de $52,000.00, (CINCUENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) por compensaciones otorgadas al Profr. Hugo Javier Castillo Balderas, maestro comisionado y Secretario de Gobierno Municipal, mismo que no se encontró en la Plantilla de Personal del municipio y tampoco se tiene establecido en un tabulador de sueldos, a los C.C. Hugo Javier Castillo Balderas, Secretario del H. Ayuntamiento, C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga Presidente Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no exhibir documentación comprobatoria que garantice la recuperación de los préstamos otorgados por un monto de $208,138.30 (DOSCIENTOS OCHO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO PESOS 30/100 M.N.), a los C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga y Baltazar Varela Vaquera, Presidente y Síndico Municipales respectivamente, en la modalidad de responsables directas las dos primeras y subsidiarios los dos últimos.
 
·                  Por presentar documentación comprobatoria sin fecha por  importe de $6,012.27 (SEIS MIL DOCE PESOS 27/100 M.N.) referente a las observaciones realizadas respecto de la Obra Localización de Agua Potable en la comunidad de el Porvenir, así como un pago por concepto de Promoción y Difusión, a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no presentar relación de beneficiarios firmada, así como reintegro de recursos del Fondo III, por el importe de $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), referente al suministro e instalación de micro medidores, obra que no fue aprobada con recursos del Fondo III del ejercicio fiscal 2008, y el municipio no exhibe el acta del Consejo de Desarrollo Municipal en la que se autorice la reasignación de recursos para la ejecución de esta obra, a los C.C. M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directo y subsidiario respectivamente.
  
·                  Por no exhibir soporte documental correspondiente a erogaciones con cargo al presupuesto de egresos por diversas acciones realizadas con Recursos del Fondo IV, por la cantidad de $515,373.67 (QUINIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 67/100 M.N.) a los C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no exhibir evidencia documental del reintegro de recursos a la cuenta bancaria del Fondo IV no. 00243005035 de Banorte, S.A, por el pago realizado en mayor cantidad al proveedor Marco Antonio Lara Colunga, por la compra de chamarras para el personal de la Presidencia, mediante el cheque no. 396 expedido por la cantidad de $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
  
·                  Por no exhibir evidencia documental del pago en mayor cantidad realizado por la cantidad de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), con recursos del Fondo IV, para la adquisición de uniformes escolares y deportivos, a los C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no presentar evidencia documental que avale la existencia física de bienes muebles adquiridos con Recursos de Fondo IV, por el importe de $69,480.00 (SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 M.N.), a los C.C. Baltazar Varela Vaquera, y Profr. Bernardo Chávez Aguilar, Síndico Municipal y Director de Seguridad Pública respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directo y subsidiario respectivamente. 
 
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Pavimentación con concreto hidráulico en calle Mazatlán”, primera etapa por la cantidad de $18,184.24 (DIECIOCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO PESOS 24/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Pavimentación con concreto hidráulico en calle Mazatlán”, segunda etapa, por la cantidad de $4,900.00 (CUATRO MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
  
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Pavimentación con concreto hidráulico en calle Lote de Ferrocarril, Cañitas de Felipe Pescador”, por la cantidad de $92,767.16 (NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 16/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Construcción de banquetas en Av. Ponciano Arriaga y Josefa Ortiz de Domínguez, Cañitas de Felipe Pescador”, por la cantidad de $3,636.00 (TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
  
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Pavimentación a base de asfalto en calle Justo Sierra Barrio Azul, Cañitas de Felipe Pescador”, por la cantidad de $43,442.70 (CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 70/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no exhibir soporte documental que aclare y justifique erogaciones realizadas con recursos del Ramo 23, por la cantidad de $840,975.16 (OCHOCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 16/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
 
CONSIDERANDO ÚNICO.-Las observaciones de la Auditoría Superior, fueron evaluadas por esta Soberanía Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2008 del Municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas.
 
 
 
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
 
 
 
DECRETA
 
 
 
P U N T O S   R E S O L U T I V O S
 
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de Administración y Gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Cañitas de Felipe Pescador, Zacatecas del ejercicio fiscal 2008.
 
 
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto, continúe con el trámite de:
 
 
I. Promociones para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa derivadas de las Solicitudes de Aclaración: AF-08/06-020 a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal durante el ejercicio 2008; AF-08/06-026 a los C.C. Baltazar Varela Vaquera, Hugo Javier Castillo Balderas e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Síndico, Secretario de Gobierno y Presidente Municipal, respectivamente durante el ejercicio 2008; AF-08/06-042 a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008 e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal durante el ejercicio 2008; PF-08/06-028, PF-08/06-034, PF-08/06-040, PF-08/06-041 a los C.C. M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008; OP-08/06-003 a los C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez   e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras Públicas y Presidente Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008 y OP-08/06-015, OP-08/06-016, OP-08/06-017, OP-08/06-018, OP-08/06-029, OP-08/06-039, OP-08/06-043, OP-08/06-045OP-08/06-050 a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras Públicas y Presidente Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos:
 
 
·                  Por no aclarar el saldo en la cuenta bancaria 6600 con nombre de Gasto Corriente de la institución bancaria Banorte, en virtud de que esta no fue confirmada por el banco.
 
·                  Por no presentar evidencia del seguimiento a la demanda no. 145-111/2007 interpuesta por el Ayuntamiento con fecha 05 de septiembre de 2007, para la recuperación de vehículo.
 
 
·                  Por no Presentar el Informe Financiero del Patronato de la Feria de Cañitas de Felipe Pescador 2008, así como la documentación comprobatoria que lo soporte.
 
·                  Por no presentar la documentación comprobatoria en original de erogaciones realizadas con Recursos Federales, por la adquisición de una computadora portátil.
 
·                  Por no presentar los convenios con Dependencias Estatales a través de los cuales se formalice los recursos aportados, en los que se señale el destino de los mismos, los beneficios obtenidos por el municipio y los proyectos y acciones a realizar, así como exhibir documentación técnica y social, que demuestre la ejecución y término de los proyectos y acciones convenidas.
 
·                  Por no presentar reportes fotográficos, generadores de obra y metas alcanzadas, fianzas de vicios ocultos y actas de entrega recepción que comprueben documentalmente la ejecución y término de las obras con nombre y firma de los beneficiarios que reciben y de los funcionarios que realizaron la entrega, dichas obras fueron realizadas con recursos del Programa FONREGIÓN.
 
·                  Por no presentar evidencia de la autorización del Cabildo para el ejercicio de un monto superior al presupuestado para la obra Parque Municipal.
  
·                  Por no presentar la conciliación anual del Programa Municipal de Obras realizada en coordinación de Tesorería y Obras y Servicios Públicos, así como la carátula al mes de diciembre de los informes físicos-financieros 2008, con el listado de obras, metas, montos (programados-ejercidos reales) y avances físicos.
 
·                  Por no presentar convenios celebrados en coordinación con la Junta Estatal de Caminos, en el que se aclare el alcance de éstos, de la obra “Terracerías la Quemada”.
 
·                  Por no adjuntar a los expedientes de obra documentos solicitados que aclaren erogaciones relacionadas con la obra “Remodelación de edificio de la Presidencia Municipal (1ª. y 2ª. Etapa”).
 
·                  Por no presentar soporte documental de erogaciones realizadas en la obra “Ampliación de Red de drenaje en avenida deportiva, Barrio Loma Linda Norte, Cañitas de Felipe Pescador, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $48,103.02 (CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TRES PESOS 02/100 M.N.).
 
·                  Por no presentar soporte documental de erogaciones realizadas en la obra “Ampliación de Red de drenaje en calle Josefa Ortiz de Domínguez, Barrio Loma Linda Norte”, misma que se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $15,445.07 (QUINCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 07/100 M.N.).
 
·                  Por no presentar soporte documental o estimaciones de los trabajos realizados por el concepto de pago de mano de obra, de la “Ampliación de Red de agua Potable por el Lienzo Charro la Quemada, Cañitas de Felipe Pescador,” misma que se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $8,387.00 (OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.).
 
 
·                  Por no presentar soporte documental por concepto de pago de mano de obra en excavaciones realizadas en la obra “Ampliación de red de Agua Potable en el Pedregal-Carretera la Encantada, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $26,433.00 (VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.).
 
·                  Por no presentar soporte documental como factura, contrato y/o orden de trabajo por pago de anticipo, estimaciones en las que se justifique la amortización del anticipo, números generadores, así como aclaración del porque no aplica sanciones por atraso de los trabajos de la obra “Ampliación de drenaje en avenida 6 de octubre, Boquilla de abajo, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por la cantidad de $300,000.00 (TRECIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.). 
 
·                  Por no presentar expedientes unitarios completos, de la obra “Enmallado en tiradero municipal, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, por un importe $151,640.00 (CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N.).
 
·                  Por no adjuntar en el expediente de obra, bitácora, contratos, pólizas de garantía de los anticipos entregados, facturas que amparen los anticipos y compra de malla ciclónica, en la obra “Remodelación del Lienzo Charro Municipal, cabecera municipal de Cañitas de Felipe pescador”, misma que durante la revisión física se encontró terminada.
 
·                  Por no adjuntar en el expediente de obra documentos solicitados tales como: bitácora, documentación del proceso de licitación por invitación a cuando menos tres personas, pólizas de garantía del anticipo, cumplimiento y vicios ocultos en la obra “Remodelación de edificio de la Presidencia Municipal (1ª. y 2ª. Etapa”), realizadas mediante el programa Fonregión, mismas que durante la revisión física se encontró terminada y en operación, de igual forma por fraccionar la obra siendo que por el monto aprobado en las dos etapas, se debió llevar a cabo la adjudicación por licitación pública de conformidad con normatividad aplicable.
  
II.  Promociones para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa con Carácter Resarcitorio, derivadas de las  Solicitudes de Aclaración: AF-08/06-009 a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008 e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal; AF-08/06-014, PF-08/06-014, a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal durante el ejercicio 2008; PF-08/06-009, PF-08/06-019, PF-08/06-022, PF-08/06-023, PF-08/06-025, PF-08/06-027, PF-08/06-029, PF-08/06-031, PF-08/06-035, a los M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente; OP-07/06-004 y OP-08/06-026 a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras Públicas y Presidente Municipal respectivamente,  y la derivada de la acción PF-08/06-042, a los C.C. L.A. Angélica Esparza García Tesorera Municipal, del 1° de enero al 29 de septiembre y Ma. Esperanza Castruita Salazar Tesorera Municipal del 30 de septiembre al 31 de diciembre, del ejercicio 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga Presidente Municipal, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
 
 
·                  Registrar e informar en su Cuenta Pública ingresos inferiores por el concepto de Impuesto Predial y rezagos por la cantidad de $474,550.20 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS 20/100 M.N.).
 
·                  No presentar documentación que justifique el gasto por $12,629.98 (DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 98/100 M.N.), con solicitud de apoyo, copia de identificación oficial y recibo firmado por el o los beneficiarios del apoyo otorgado a diferentes instituciones y particulares.
 
·                  No presentar Vales por la entrega de 133 bultos de cal, 299 bultos de cemento, 96 láminas galvanizadas y 48 polines montenes, con nombre y firma de la persona que recibe y funcionarios que autorizan, que compruebe y justifique el destino de aplicación del material por la cantidad de $54,575.00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar documentación comprobatoria que pruebe la entrega de materiales de papelería, tlapalería, de construcción, refacciones y artículos deportivos, por la cantidad de $522,072.19 (QUINIENTOS VEINTIDOS MIL SETENTA Y DOS PESOS 19/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
  
·                  No presentar relación con nombre y firma de personas que viajaron a la Ciudad de México y a Fresnillo, Zacatecas, así como pliegos de comisión, programa de actividades en el que se especifique el motivo del viaje, con nombre y firma de los funcionarios municipales que lo autorizaron, por la cantidad de $13,200.00 (TRECE MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar generadores de obra de trabajos realizados y metas alcanzadas, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que demuestre documentalmente la instalación de los tableros en la cabecera municipal y en la comunidad de Boquilla de Abajo, por la cantidad de $37,950.00 (TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar, póliza de cheque no. 326 de la cuenta no. 563822569 de Banorte, S.A., que fue devuelto por insuficiencia de fondos y la documentación comprobatoria que avale la erogación por la cantidad de $12,359.20 (DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS 20/100 M.N.).
 
·                  No presentar la documentación que justifique el gasto por $12,629.98 (DOCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 98/100 M.N.), con solicitud de apoyo, copia de identificación oficial y recibo firmado por el o los beneficiarios del apoyo otorgado a diferentes instituciones y particulares.
 
·                  No presentar la documentación comprobatoria de beneficiarios que avale la recepción de chamarras, por un importe $18,000.03 (DIECIOCHO MIL PESOS 03/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar generadores de obra de los trabajos realizados y metas alcanzadas, reporte fotográfico y acta de entrega recepción que evidencien la obra realizada con los montenes, por la cantidad de $10,850.00 (DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar comprobación documental que avale la recepción de uniformes por parte de 481 beneficiarios, por la cantidad de $128,066.25 (CIENTO VEINTIOCHO MIL SESENTA Y SEIS PESOS 25/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar el original de la factura no. 250 de Agro Accesorios Hidráulicos S.A. de C.V, así como reporte fotográfico y acta de entrega recepción que compruebe el destino de aplicación de bomba sumergible, por la cantidad de $14,125.00 (CATORCE MIL CIENTO VEINTICINCO PESOS 00/100 M.N.), pagados con Recursos Federales.
 
·                  No presentar la aclaración correspondiente de la diferencia por $32,764.99 (TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 99/100 M.N.), por diversos materiales, detectada en los informes físicos financieros, debido a que los auxiliares no son elaborados de acuerdo a la guía de Informes de Obra Pública y en la revisión física no se pudieron localizar.
 
 
·                  Por no presentar soporte documental como álbum fotográfico, números generadores del volumen de obra, así como factura por pago de combustible en la obra “Ampliación de embovedado para aguas residuales en avenida Coahuila Barrio Bajío, Cañitas de Felipe Pescador”, misma que durante la revisión física fue encontrada terminada y en operación, así como por conceptos pagados y no ejecutados por la cantidad de $45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.).
 
·                  Por no exhibir soporte documental que justifique y demuestre la erogación realizada para la obra denominada Lienzo Charro realizada con recursos del Programa Fonregión, por la cantidad de $73,070.00 (SETENTA Y TRES MIL SETENTA PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, ambos durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
  
III.  De Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria, por la cantidad de $2,300,386.99 (DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 99/100 M.N.), derivado de la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-006-2008-46/2009, relativo a lo siguiente:
 
·                  Por no exhibir soporte documental correspondiente a la venta de un vehículo oficial por la cantidad de $45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) ya que no se presentó  registro del ingreso por la venta, ni de los registros de alta y baja del activo fijo y patrimonio, y que se haya observado la normatividad para la venta de  camión oficial, a los C.C. Ing. Marco Antonio Regis Zuñiga y Lic. Baltazar Varela Vaquera, quienes se desempeñaron como Presidente, y Síndico Municipales, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, así como la C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, todos en la modalidad de responsables directos.
 
·                  Por no exhibir soporte documental por erogaciones con cargo al presupuesto de egresos por diversos conceptos, por la cantidad de $180,940.00 (CIENTO OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zuñiga Presidente Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directa y subsidiario respectivamente.
 
 
·                  Por no exhibir soporte documental de erogaciones con cargo al presupuesto de egresos de las que no se justifican ni se comprueba la aplicación del gasto por concepto de pago de Aguinaldo y Prima Vacacional, por un importe de $10,537.49 (DIEZ MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 49/100 M.N.) a los C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga y Baltazar Varela Vaquera, Presidente y Síndico Municipales respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directa y subsidiarios los dos últimos.
 
·                  Por efectuar pagos excedentes por el importe de $52,000.00, (CINCUENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) por compensaciones otorgadas al Profr. Hugo Javier Castillo Balderas, maestro comisionado y Secretario de Gobierno Municipal, mismo que no se encontró en la Plantilla de Personal del municipio y tampoco se tiene establecido en un tabulador de sueldos, a los C.C. Hugo Javier Castillo Balderas, Secretario del H. Ayuntamiento, C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zuñiga Presidente Municipal, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no exhibir documentación comprobatoria que garantice la recuperación de los préstamos otorgados por un monto de $208,138.30 (DOSCIENTOS OCHO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO PESOS 30/100 M.N.), a los C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga y Baltazar Varela Vaquera, Presidente y Síndico Municipales respectivamente, en la modalidad de responsables directas las dos primeras y subsidiarios los dos últimos.
 
·                  Por presentar documentación comprobatoria sin fecha por  importe de $6,012.27 (SEIS MIL DOCE PESOS 27/100 M.N.) referente a las observaciones realizadas respecto de la Obra Localización de Agua Potable en la comunidad de el Porvenir, así como un pago por concepto de Promoción y Difusión, a los C.C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
  
·                  Por no presentar relación de beneficiarios firmada, así como reintegro de recursos del Fondo III, por el importe de $200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), referente al suministro e instalación de micro medidores, obra que no fue aprobada con recursos del Fondo III del ejercicio fiscal 2008, y el municipio no exhibe el acta del Consejo de Desarrollo Municipal en la que se autorice la reasignación de recursos para la ejecución de esta obra, a los C.C. M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social, e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directo y subsidiario respectivamente.
 
·                  Por no exhibir soporte documental correspondiente a erogaciones con cargo al presupuesto de egresos por diversas acciones realizadas con Recursos del Fondo IV, por la cantidad de $515,373.67 (QUINIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 67/100 M.N.) a los C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no exhibir evidencia documental del reintegro de recursos a la cuenta bancaria del Fondo IV no. 00243005035 de Banorte, S.A, por el pago realizado en mayor cantidad al proveedor Marco Antonio Lara Colunga, por la compra de chamarras para el personal de la Presidencia, mediante el cheque no. 396 expedido por la cantidad de $5,000.00 (CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no exhibir evidencia documental del pago en mayor cantidad realizado por la cantidad de $4,000.00 (CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), con recursos del Fondo IV, para la adquisición de uniformes escolares y deportivos, a los C. Angélica Esparza García, Tesorera Municipal durante el periodo del 01 de enero al 29 de septiembre del 2008, C.C. Ma. Esperanza Castruita Salazar, Tesorera Municipal durante el periodo del 30 de septiembre al 31 de diciembre del 2008, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi, Director de Desarrollo Económico y Social e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Presidente Municipal, en la modalidad de responsables directos los tres primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no presentar evidencia documental que avale la existencia física de bienes muebles adquiridos con Recursos de Fondo IV, por el importe de $69,480.00 (SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 M.N.), a los C.C. Baltazar Varela Vaquera y Profr. Bernardo Chávez Aguilar, Síndico Municipal y Director de Seguridad Pública respectivamente, en la modalidad de responsables directo y subsidiario respectivamente.
 
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de materiales observados en la obra “Pavimentación con concreto hidráulico en calle Mazatlán”, 1ª. etapa por la cantidad de $18,184.24 (DIECIOCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO PESOS 24/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales en la obra “Pavimentación con concreto hidráulico en calle Mazatlán”, 2a. etapa, por la cantidad de $4,900.00 (CUATRO MIL NOVECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
 ·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Pavimentación con concreto hidráulico en calle Lote de Ferrocarril, Cañitas de Felipe Pescador”, por la cantidad de $92,767.16 (NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 16/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Construcción de banquetas en Av. Ponciano Arriaga y Josefa Ortiz de Domínguez, Cañitas de Felipe Pescador”, por la cantidad de $3,636.00 (TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
 ·                  Por no presentar elementos probatorios de la aplicación de los materiales observados en la obra “Pavimentación a base de asfalto en calle Justo Sierra Barrio Azul, Cañitas de Felipe Pescador”, por la cantidad de $43,442.70 (CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 70/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
·                  Por no exhibir soporte documental que aclare y justifique erogaciones realizadas con recursos del Ramo 23, por la cantidad de $840,975.16 (OCHOCIENTOS CUARENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 16/100 M.N.) a los C.C. Ing. Miguel Ángel Rivera Sánchez, M.C.D. Sergio Carvajal Garamendi e Ing. Marco Antonio Regis Zúñiga, Director de Obras y Servicios Públicos, Director de Desarrollo Económico y Social y Presidente Municipal respectivamente, en la modalidad de responsables directos los dos primeros y subsidiario el último.
 
 
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros propios y/o federales,   no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
 
 
 
ARTÍCULO TRANSITORIO
 
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
 
 
 
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
 
  
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil diez.
 
 
PRESIDENTE
 
 
 
DIP. BLAS AVALOS MIRELES
 
 
SECRETARIO
 
 
 
SECRETARIA
DIP. RAMIRO ROSALES ACEVEDO
DIP. MARÍA ESTHELA BELTRÁN DÍAZ
 
 
 
 
Calle Fernando Villalpando No. 320
Colonia Centro
Zacatecas, México
CP. 98000
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