Artículo 83

Las costas causadas por la intervención del tercero coadyuvante se impondrán siguiendo lo que se decida respecto a la parte principal a que se adhiera, a menos de que el juez estime que debe resolverse en forma distinta por la temeridad o mala fe de una de las partes que no sea imputable a la otra.



Regresar a Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Zacatecas
Página generada en 0.232378 segundos