| Se exhorta respetuosamente a los 58 Ayuntamientos del Estado, a la creación de un área de atención inicial para la orientación, asesoría y vinculación a las personas que recién tengan un familiar desaparecido, con el objetivo que puedan ayudarles a llevar los procedimientos correspondientes ante la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas y la Fiscalía General de Justicia del Estado. | ||||||||||||||||||||||||
| Información sobre el trámite | ||||||||||||||||||||||||
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| Dictamen y Decreto | ||||||||||||||||||||||||
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