Artículo 1

La presente Ley es de orden público e interés social, sus disposiciones son de observancia obligatoria en el territorio estatal y tienen por objeto promover el Desarrollo Rural Integral Sustentable en el Estado de Zacatecas, dentro del marco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular de la Entidad y las leyes que de ellas emanen.



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