Artículo 273

El Comité de Transparencia tendrá las atribuciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado. 

La Unidad de Transparencia y el Oficial de Datos Personales auxiliarán al Comité en el cumplimiento de sus facultades. 


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