Artículo 256

Para el cabal desarrollo de sus funciones, la Unidad de Transparencia contará con un Oficial de Datos Personales, designado por la Comisión de Régimen Interno, en acuerdo con el titular de la Secretaría General, cuyas funciones serán, entre otras, las siguientes: 

I. Dar seguimiento, por instrucción del titular de la Unidad de Transparencia, a las solicitudes de información y ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; 
 
II. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de información o del ejercicio de cualquiera de los derechos señalados en la fracción anterior; 
 
III. Promover la transparencia y la protección de los datos personales al interior de la Legislatura; 
 
IV. Establecer mecanismos para asegurar que los datos personales solo se entreguen a su titular o su representante debidamente acreditados; 
 
V. Notificar a los solicitantes de información respecto del ejercicio de cualquiera de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y 
 
VI. Las previstas en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Zacatecas y otros ordenamientos legales aplicables. 


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