Artículo 247

La Secretaría General, además, tendrá a su cargo, como órganos de apoyo a la actividad legislativa, la coordinación de las siguientes unidades: 

I. El Instituto de Investigaciones Legislativas: 
 
a) Unidad de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Igualdad de Género; 
 
II. La Coordinación de Comunicación Social; 
 
III. La Unidad de Archivo General del Poder Legislativo; 
 
IV. La Unidad Centralizada de Información Digitalizada, y 
 
V. La Unidad de Transparencia. 


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