Artículo 245

Corresponde al Secretario General: 

I. Someter al acuerdo de los Presidentes de la Mesa Directiva, de la Comisión de Régimen Interno y de la Comisión de Planeación, los asuntos conferidos a la Secretaría; 
 
II. Desempeñar las comisiones y funciones que los mismos le confieran y mantenerlos informados sobre el desarrollo de las actividades; 
 
III. Proponer a la Presidencia de la Mesa Directiva y de la Comisión de Régimen Interno, los proyectos de ley, decretos, reglamentos, convenios, acuerdos, manuales y demás disposiciones que tengan por objeto mejorar el funcionamiento administrativo de la Legislatura; 
 
IV. Acordar con los titulares de las direcciones y de las unidades administrativas a su cargo, así como con los demás servidores públicos de la Legislatura, los asuntos de su competencia y darle el seguimiento correspondiente; así como conceder audiencias al público; 
 
V. Instrumentar, previo acuerdo con los órganos de gobierno, los manuales de organización y de procedimientos de las unidades administrativas, así como de los demás documentos normativos necesarios para el eficaz desempeño de sus atribuciones, y 
 
VI. Proponer la creación de nuevas áreas administrativas a los Presidentes de las Comisiones de Régimen Interno y de Planeación, para el mejor desarrollo de las funciones administrativas. 


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