Artículo 207

Para el mejor desempeño de la Legislatura deberá implementarse un sistema de planeación que contemple: 

I. Diagnóstico; 
 
II. Ejes temáticos; 
 
III. Objetivos y metas; 
 
IV. Cronogramas, y 
 
V. Forma de evaluación. 
 
El sistema se implementará a través de un Plan por cada Legislatura y programas presupuestarios anuales relacionados con el presupuesto de egresos del Poder Legislativo.


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