Artículo 207
Para el mejor desempeño de la Legislatura deberá implementarse un sistema de planeación que contemple:
I. Diagnóstico;
II. Ejes temáticos;
III. Objetivos y metas;
IV. Cronogramas, y
V. Forma de evaluación.
El sistema se implementará a través de un Plan por cada Legislatura y programas presupuestarios anuales relacionados con el presupuesto de egresos del Poder Legislativo.
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