Artículo 142

Las mociones son propuestas formuladas por los diputados y diputadas al Presidente de la Mesa Directiva, para plantear una cuestión específica relacionada con el desarrollo de la sesión en general, o con la discusión de un asunto en lo particular, y podrán ser de: 

I. Orden; 
 
II. Apego al tema; 
 
III. Rectificación de hechos; 
 
IV. Rectificación de trámite; 
 
V. Alusiones personales; 
 
VI. Suspensión de la discusión, y 
 
VII. Otras necesarias para el buen desarrollo de las discusiones. 


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