Artículo 104

La Secretaría General dará cuenta inmediata al Presidente de la recepción de las iniciativas de punto de acuerdo y éste ordenará se distribuyan en el plazo señalado en el artículo 100 del presente Reglamento, a los diputados de la Comisión de Régimen Interno para su conocimiento y programación en sesión del Pleno. 



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