Artículo 176

El Poder Legislativo del Estado contará con un Órgano Interno de Control con autonomía técnica y de gestión, que estará adscrito administrativamente a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política y que tendrá a su cargo las atribuciones que establece la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, la Ley General, la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Zacatecas, la presente Ley y otras disposiciones aplicables. 



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