Artículo 18

El Secretario General entregará, a más tardar el quince de agosto del último año de ejercicio, a la Comisión de Planeación, Patrimonio y Finanzas informe que contenga: 

I. Presupuesto ejercido, por ejercer y cuentas pendientes; 
 
II. Inventario de bienes muebles e inmuebles; 
 
III. Plantilla de personal, y 
 
IV. Los demás documentos que den cuenta del estado de la administración de la Legislatura. 
 
La Comisión de Planeación, Patrimonio y Finanzas avalará dicho informe y lo presentará a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política para que forme parte del paquete de entrega-recepción. 


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