Artículo 15

Para el debido cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente Ley, se crea el Fondo de Desarrollo Metropolitano del Estado de Zacatecas, el cual se integrará por las aportaciones de:

I. El Gobierno Federal;
 
II. El Gobierno del Estado;
 
III. Los municipios señalados en esta Ley;
 
IV. Las federaciones y clubes de migrantes en su caso. Y
 
V. Cualquier institución privada.


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