Artículo 87

Los servidores públicos que entregan serán sancionados con las mismas penas a que se refiere el Código Penal para el Estado de Zacatecas para el delito de administración fraudulenta, cuando del Proceso de Entrega-Recepción y de su instancia aclaratoria se determine, por parte del Órgano Interno de Control que corresponda, que no realizaron la entrega total de los bienes y recursos financieros a su cargo, a los servidores públicos que reciben.



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