Artículo 53
		La CEAAD se integrará por los titulares de las siguientes unidades administrativas del INCUFIDEZ:
	I.	La Subdirección Jurídica, quien fungirá como Presidente;
 
	II.	Dirección de Desarrollo del Deporte; y
 
	III.	Jefatura del Departamento de Deporte Federado.
 
La CEAAD funcionará en Pleno y sus determinaciones se tornarán por unanimidad o mayoría de votos.
 
Los cargos serán honoríficos.
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