Artículo 29

Todo propietario o tenedor de una mascota, está obligado a colocarle, según su especie, una correa al transitar con él en la vía pública.

Los propietarios o tenedores de las mascotas responderán, en los términos de la legislación aplicable, de los daños y perjuicios que éstas ocasionen a personas, animales o cosas.


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