Artículo 42

La estructura administrativa que, en su caso, sea creada por los ayuntamientos, tendrá a su cargo las funciones a que se refiere el artículo 10 de este ordenamiento y las ejercerá en el ámbito de la competencia del Municipio correspondiente.



Regresar a Ley de Asistencia Social del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.