ARTÍCULO 35

En tanto se inicia la audiencia, el juez comunitario ordenará que el presunto infractor sea ubicado en la sección de personas citadas o presentadas, excepción hecha de las personas mayores de 65 años, las que deberán permanecer en la oficina de audiencias.

Regresar a Ley de Justicia Comunitaria del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.