PERIÓDICO OFICIAL DE GOBIERNO (11 DE JULIO DE 2009).

DECRETO NO. 338 QUE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 117 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO DE ZACATECAS.

Artículo primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
 
Artículo segundo.- Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan este Decreto.


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