Artículo 6

El Sistema Estatal de Coordinación y Colaboración Financiera estará constituido por las dependencias del Estado y de los Municipios que tengan atribuciones en materia Hacendaria, los cuales serán integrantes de los órganos que esta propia Ley prevé.

Son objetivos del Sistema Estatal de Coordinación y Colaboración Financiera los siguientes:
 
I. Coadyuvar en el fortalecimiento de la administración fiscal municipal;
 
II. Propiciar procesos administrativos orientados a la racionalización y disciplina presupuestal;
 
III. Impulsar mecanismos que permitan el control del patrimonio en cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental;
 
IV. Analizar y buscar las mejores alternativas para acceder a la deuda pública, considerando lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;
 
V. Regular las relaciones y fijar reglas en materia de coordinación y colaboración financiera entre el Estado de Zacatecas y sus Municipios;
 
VI. Proponer los criterios, mecanismos, montos, bases y plazos para el cálculo y la distribución de las participaciones e incentivos que correspondan a las haciendas públicas municipales, que deriven de la Coordinación Fiscal, de lo establecido en esta Ley, y de los convenios que de estos ordenamientos emanen;
 
VII. Dar transparencia y seguridad al proceso de determinación y pago de los montos de las participaciones e incentivos que correspondan a los Municipios;
 
VIII. Constituir los órganos de coordinación y colaboración financiera y establecer la regulación básica para su organización y funcionamiento;
 
IX. Fomentar el estudio permanente para la elaboración y revisión de propuestas en torno a la coordinación y colaboración financiera;
 
X. Impulsar el cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; y
 
XI. Promover el cumplimiento de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado y demás disposiciones del Estado relacionadas con la materia Hacendaria.


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