Artículo 74

El Subdirector de Recursos Humanos deberá remitir el acta administrativa al Secretario General, quien la revisará y elaborará el proyecto de resolución correspondiente para su presentación y firma a la Comisión de Régimen Interno.

Una vez firmada la resolución, el Secretario General lo remitirá a la Subdirección de Recursos Humanos, la que será responsable de entregarlo al servidor público.


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