Artículo 62

Será responsabilidad del jefe inmediato controlar los pases de salida de sus subordinados por lapsos durante el día, con la finalidad de que estos no sean reiterativos o injustificados.

La supervisión general de los pases de salida es competencia de la Dirección de Administración y Finanzas, por conducto de la Subdirección de Recursos Humanos, verificando con el jefe inmediato superior del servidor público su uso adecuado y racional.
 
De acuerdo con lo anterior, la Dirección de Administración y Finanzas podrá proponer a la Secretaría General la implementación de sistemas digitales u otros mecanismos que permitan un control y registro más eficaz de los pases de salida.


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