Artículo 1

El presente Reglamento contiene las condiciones generales de trabajo que rigen la relación de los servidores públicos que laboran en el Poder Legislativo del Estado de Zacatecas, de conformidad con la Ley del Servicio Civil vigente en el Estado. Las condiciones serán de observancia general y obligatoria, para los siguientes sujetos:

I. La Legislatura del Estado de Zacatecas;
 
II. El Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Organismos Paraestatales, Sección 1 del Poder Legislativo; y
 
III. Los servidores públicos que presten sus servicios en la Legislatura del Estado de Zacatecas.


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