ARTÍCULO 1/º

Se constituyen estímulos y recompensas para funcionarios y empleados que se encuentren dentro de las disposiciones que establece esta Ley y sirvan al Estado en alguna de las Dependencias de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial.

Regresar a Ley de Estímulos y Recompensas a los Funcionarios y Empleados del Estado
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