Artículo 6

Se integrará la Red Estatal de Bibliotecas Públicas con todas aquellas bibliotecas constituidas y en operación, dependientes del Estado y de los Municipios, así como también con los servicios bibliotecarios rurales.
 
Para la expansión de la Red, la Coordinación Estatal de Bibliotecas, celebrará con los gobiernos de los municipios, los acuerdos de coordinación necesarios.
Reformado POG 25-02-2015


Regresar a Ley de Bibliotecas Públicas del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.