Artículo 97
		Para ingresar y permanecer como Asesor Jurídico se requiere:
	I.	Ser mexicano o extranjero con calidad migratoria de inmigrado en ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
 
	II.	Ser Licenciado en Derecho, con cédula profesional expedida por la autoridad competente, con una antigüedad no menor a 5 años;
 
	III.	Aprobar los exámenes de ingreso y oposición correspondientes, y
 
	IV.	No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año.
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