Artículo 97

Para ingresar y permanecer como Asesor Jurídico se requiere:

I. Ser mexicano o extranjero con calidad migratoria de inmigrado en ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
 
II. Ser Licenciado en Derecho, con cédula profesional expedida por la autoridad competente, con una antigüedad no menor a 5 años;
 
III. Aprobar los exámenes de ingreso y oposición correspondientes, y
 
IV. No haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año.


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