PERIÓDICO OFICIAL DE GOBIERNO (05 DE JULIO DE 2014).

ARTÍCULO ÚNICO.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.



Regresar a Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.206658 segundos