Artículo 48

La Comisión Interinstitucional diseñará el Plan de Prevención de Acoso Escolar, el cual será obligatorio para todas las autoridades, instituciones educativas públicas o privadas, padres de familia, así como todos los estudiantes.

Dicho Plan podrá contener las opiniones de las autoridades escolares, especialistas en la materia, organizaciones de la sociedad civil, asociaciones de padres de familia y estudiantes.


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