Artículo 40

La Política Estatal Contra el Acoso Escolar será diseñada por la Comisión Interinstitucional, y de ella derivarán las políticas públicas y acciones institucionales de prevención, tratamiento y erradicación del acoso escolar así como las medidas de promoción de un ambiente de tranquilidad, paz, concordia y libre de violencia en las instituciones educativas del Estado de Zacatecas.

La Política Estatal tendrá como base el Programa General, el Plan de Prevención del Acoso Escolar, el Plan de Intervención en Caso de Acoso Escolar, el Reglamento de Disciplina Escolar y el Registro Estatal para el Control del Acoso Escolar.


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