COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Primera Legislatura del Estado de Zacatecas, a los treinta días del mes de junio del año dos mil catorce. Diputado Presidente.- ARACELI GUERRERO ESQUIVEL. Diputados Secretarios.- DIP. LUIS ACOSTA JAIME Y DIP. CARLOS ALBERTO PEDROZA MORALES.- Rúbricas.

Y para que llegue al conocimiento de todos y se le dé el debido cumplimiento, mando se imprima, publique y circule.
 
DADO en el Despacho del Poder Ejecutivo del Estado, a los doce días del mes de agosto del año dos mil catorce.
 
A t e n t a m e n t e.
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”

EL GOBERNADOR DEL ESTADO DE ZACATECAS

LIC. MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES.
 
 
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

PROFR. FRANCISCO ESCOBEDO VILLEGAS.


EL PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA

LIC. ARTURO NAHLE GARCÍA.


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