Artículo 36

Corresponde a la Unidad de Informática:

I. Diseñar, desarrollar, suministrar, operar y brindar el soporte técnico a los sistemas y servicios en materia de telefonía, telecomunicaciones, informática, Internet, infraestructura electrónica, tecnologías de información y comunicaciones de las Unidades Administrativas de la Procuraduría General; 
 
II. Plantear e implementar las políticas, estrategias, normas y acciones en materia de sistemas informáticos, de comunicaciones y de Internet, así como las normas para la administración de la información contenida en la página de Internet de la Procuraduría, en coordinación con los titulares de las Unidades Administrativas de la Procuraduría General;
 
III. Proyectar e implementar el programa institucional de desarrollo informático de la Procuraduría General; 
 
IV. Efectuar el monitoreo de la Red y equipo de comunicaciones de la Procuraduría General;
 
V. Realizar el respaldo de los sistemas de información de cada una de las Unidades Administrativas de la Procuraduría General;
 
VI. Mantener actualizada las bases de datos de los Módulos Distritales de Atención Temprana, los Centros Distritales de Justicia Alternativa, las Unidades de Investigación, la Dirección General de la Policía Ministerial y  el Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses;
 
VII. Proponer y realizar acciones de capacitación y especialización en materia de telecomunicaciones e informática, en coordinación con el Centro de Capacitación Ministerial; 
 
VIII. Brindar apoyo técnico a todas las unidades administrativas de la Procuraduría General, para atender las necesidades de innovación tecnológica;
 
IX. Realizar el registro de los servidores públicos de la Procuraduría General, mantenerlo actualizado y subirlo al Registro Nacional;
 
X. Coordinar y vigilar que las Unidades Administrativas competentes suban al Sistema Nacional toda la información relativa a mandamientos judiciales y ministeriales, vehículos con reporte de robo, agentes policiales, armamento, imputados y sentenciados, informes policiales homologados y demás datos que requiera el Sistema; 
 
XI. Integrar la estadística delictiva y el Censo Estatal de Procuración de Justicia y remitirlos con oportunidad a las instancias nacionales correspondientes;
 
XII. Elaborar el Programa Anual de Mantenimiento Preventivo de Equipo Informático;
 
XIII. Asesorar a todas las unidades administrativas de la Procuraduría General en la elaboración de especificaciones técnicas y dictámenes para la adquisición de equipo de telefonía, telecomunicaciones, informática, Internet e infraestructura electrónica, y avalar, en su caso, las elaboradas por otras instancias; y
 
XIV. Las demás que de acuerdo a la naturaleza de su función le señalen otras leyes y reglamentos vigentes en el Estado y las que le encomiende el Procurador General.


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