Artículo 2157

Será nulo el convenio de que todas las pérdidas que resultaren por caso fortuito, serán de cuenta del aparcero de ganados.



Regresar a Código Civil del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.