ARTÍCULO 418

Se establece el Sistema Estatal de Suelo y Reservas Territoriales para el Desarrollo Urbano y la Vivienda, como el mecanismo de coordinación entre los tres niveles de gobierno y de concertación con los sectores social y privado, a fin de determinar la adquisición del suelo para las reservas territoriales que se requieran, con el propósito de ordenar y regular el actual desarrollo así como el futuro crecimiento de los centros de población de la Entidad.



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