ARTÍCULO 402

Las normas de diseño arquitectónico y tecnología para la construcción de vivienda de interés social y popular serán formuladas por el Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado, con el apoyo de la Secretaría y las Comisiones Estatal y Municipales, tendrán como objetivo propiciar la calidad y seguridad de las construcciones, con la participación de la población beneficiada en la producción y mejoramiento de su vivienda.



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