ARTÍCULO 311
		Los derechos y obligaciones de los condóminos se regirán por:
	I.	El Código;
 
	II.	El Código Civil del Estado;
 
	III.	La escritura constitutiva del condominio;
 
	IV.	El reglamento de administración del condominio;
 
	V.	El contrato de adquisición o promesa de adquisición respectivo; y
 
	VI.	La legislación urbana aplicable.
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