ARTÍCULO 311

Los derechos y obligaciones de los condóminos se regirán por:

I. El Código;
 
II. El Código Civil del Estado;
 
III. La escritura constitutiva del condominio;
 
IV. El reglamento de administración del condominio;
 
V. El contrato de adquisición o promesa de adquisición respectivo; y
 
VI. La legislación urbana aplicable.


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