ARTÍCULO 26

La Comisión Estatal de Desarrollo Urbano es un órgano público de carácter técnico consultivo en materia de planeación urbana, desarrollo urbano y vivienda, la cual funcionará permanentemente en su sede de la Ciudad Capital del Estado y con jurisdicción en toda la Entidad.



Regresar a Código Urbano del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.210483 segundos