Artículo 88

Los actos y resoluciones emitidos por las autoridades contempladas en esta ley y cuya naturaleza corresponda con el objeto del presente ordenamiento, podrán ser recurridas mediante el recurso de inconformidad ante el Consejo o ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado y Municipios de Zacatecas y en su caso, ante la instancia competente.



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