Artículo 67

De las unidades de policía de
investigación científica

Las unidades de policía encargadas de la investigación científica de los delitos se ubicarán en la estructura orgánica de las instituciones de procuración de justicia.

La Policía Ministerial se sujetará a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Ministerio Público, quedando a cargo de la Procuraduría General de Justicia la aplicación de las normas, supervisión y operación de los procedimientos relativos a su desarrollo policial.



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