Artículo 21

Definición del Consejo Estatal

El Consejo Estatal es la instancia superior en materia de seguridad pública en el Estado, encargada de la coordinación, planeación, evaluación, supervisión y definición de políticas públicas en materia de seguridad pública. Asimismo, será el responsable de dar seguimiento y cumplimiento a los acuerdos, lineamientos y políticas emitidos por el Consejo Nacional de Seguridad Pública y las Conferencias Nacionales del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en su ámbito de competencia.



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