Artículo 34

Concluidos los tratamientos de la atención técnica interdisciplinaria y próxima la libertad del interno, se emitirá un informe pronóstico final, en el que se manifestarán los resultados conseguidos por el tratamiento y un juicio de probabilidad sobre el comportamiento futuro del sujeto en libertad que, en su caso, se tendrá en cuenta en el expediente para la concesión de los beneficios de libertad anticipada.



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