El Poder Legislativo como Sujeto Obligado atiende las Solicitudes de Acceso a la Información Pública y a las relativas al ejercicio de la acción de protección de datos personales; a través de la Unidad de Enlace.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas
ARTÍCULO 67
Las unidades de enlace tendrán las siguientes atribuciones:
I. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información pública, y a las relativas al ejercicio de la acción de protección de datos personales.