DECRETO   #   9

LA H. QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA

A N T E C E D E N T E S

a).- Con fundamento legal en lo establecido en la Fracción IV del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, XXXI del Artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las Fracciones IV del Artículo 19, VII del Artículo 60 y VIII del numeral 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Legislatura del Estado es competente para conocer, realizar el análisis de los movimientos de ingresos y egresos del municipio, evaluar las decisiones municipales desde una perspectiva de beneficio social y, en su caso, aprobar el adecuado manejo y destino de los recursos del municipio.

b).-   La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria de las adiciones y reformas al Artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano Técnico y de los procedimientos de revisión de las cuentas públicas correspondientes al año 2002.   Este conjunto normativo otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.

R E S U L T A N D O  

PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado, a saber:

I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de JIMÉNEZ DEL TÉUL, ZACATECAS, relativo al ejercicio fiscal 2002;

II.- Informe Complementario derivado del Plazo de Solventación concedido y del Seguimiento de las Acciones Promovidas, y

III.-Información y anexos, solicitada de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.

De su contenido sobresalen los siguientes elementos :

a).- La Honorable Legislatura del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia turnó a la Auditoría Superior del Estado con fecha 27 de Junio del 2003, la cuenta pública municipal relativa al Ejercicio Fiscal 2002.

b).- El alcance de la auditoría, considerando los renglones de Ingreso, Egresos y Obra Pública, fue en promedio del 59.16 %

INGRESOS               Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $   13'640,327.81 de los cuales el 9.77 % correspondió a los ingresos recaudados (propios) y el 90.23 % a ingresos externos.

Presentan la siguiente observación:

a).- Se recaudó 0.65 % más de lo presupuestado; el incremento se observó principalmente en los rubros de Otros Programas y Deuda Pública.   El primero no se encontraba presupuestado (Especial Carretero y Estatal por Demanda).

EGRESOS

Fueron ejercidos recursos por $ 13'787,416.41

Se observa lo siguiente :

a).- Se presentaron dos modificaciones al presupuesto de egresos, aprobándose la primera con el acta número 09 de sesión extraordinaria de fecha 11 de Diciembre del 2002 y, la segunda, mediante acta de cabildo de sesión ordinaria de fecha 4 de mayo del 2003, esta última realizada en forma extemporánea y sólo para el rubro de obras públicas.

RESULTADO DEL EJERCICIO

El municipio obtuvo como resultado del ejercicio un déficit de $1'972,950.77, debido a que sus ingresos fueron menores a los egresos, situación que se explica en función de la existencia con que se contaba al inicio del ejercicio y la deuda contraída durante el mismo.

DEUDORES DIVERSOS

Esta cuenta no presenta saldos.

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS

Esta cuenta tiene un saldo de $ 705,240.45, habiéndose incrementado en un 175.09 % respecto del saldo al cierre del ejercicio anterior, derivado principalmente de la contratación de un adeudo con Gobierno del Estado de Zacatecas por la cantidad de $ 700,000.00, mismo que fue aprobado en acta de sesión ordinaria de Cabildo Número 15, de fecha 3 de Noviembre del 2002.   No se exhibe documento de autorización de la Instancia Legislativa para su contratación.

BIENES MUEBLES E INMUEBLES

Las adquisiciones que incrementaron el patrimonio del municipio en el ejercicio 2002, fueron por un importe de $1'278,647.01.   El 15.10 % se realizó con recursos propios y el   24.09 % con recursos del Fondo III y 60.81 % con recursos del Fondo IV.

PLAN TRIANUAL Y OPERATIVO ANUAL 2002

El Ayuntamiento presentó su Plan Trianual de Desarrollo Municipal, así como el correspondiente al Programa Operativo Anual para el ejercicio 2002.

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA

El monto ejercido fue de $ 1'573,550.00, habiéndose ejercido el 49.14 % del total presupuestado.

Se observó variación en la ejecución del programa; de un total de 14 obras programadas se terminaron 10, quedando   inconclusas 3, y 1 sin iniciar.

Se aplicaron recursos en 2 obras no programadas.

FONDO III ( Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal )

Del monto total autorizado, el 96.25% se destinó a infraestructura básica y el 3.75 % a Definición y Conducción de la Planeación del Desarrollo Regional.

En el periodo se ejerció la cantidad de $ 45,324.69 correspondiente a rendimientos de ejercicios anteriores.

Se observan los siguientes resultados:

1.- Se encontraron 7 obras inconclusas de las cuales 4 están en proceso de ejecución y en 3 solo falta realizar por parte del contratista el trámite ante la Comisión Federal de Electricidad.

2.- En infraestructura básica ,14 obras están inconclusas.

3.- De la revisión de expedientes técnicos, se observó que no fueron integrados adecuadamente.   Existe faltante de documentación técnica en 31 obras.

FONDO IV ( Fondo De Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal )

La aplicación autorizada fue distribuida en :

24.26 % % para cubrir obligaciones financieras;

13.23 % en seguridad pública; y

62.51 % para adquisiciones.

 

Fue ejercida la cantidad de $ 25,955.11, correspondiente a rendimientos de ejercicios anteriores.

C   O   N   S   I   D   E   R   A   N   D   O

PRIMERO.-  De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, una vez que concluyó el plazo legal para la debida solventación de las observaciones de auditoría, se obtuvo el siguiente resultado:

Acciones con 45 días para solventarse

Tipo de Acción

No. de

Acciones

Promovidas

No. de

Acciones

Solventadas

No. de

Acciones

Sin Solventar

Importe

Sin

Solventar

En su caso

Acciones

A promover derivadas

(nombre y en su caso

importe )

No. de

Acciones

  A promover

derivadas

Correctivas

Pliego de Observaciones

0

0

 

 

Solicitud de intervención del órgano interno de Control

3

3

0

Solicitud de aclaración

3

1

2

Recomendación

2

 

Preventivas

Recomendación

3

0

3

Recomendación

3

T O T A L E S

9

4

5

5

SEGUNDO.-“El examen se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental generalmente aceptados, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad y otros procedimientos de auditoría que se consideraron necesarios, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables”.

TERCERO.- Esta Asamblea Popular instruye a la Auditoría del Estado para que emita pliego de recomendaciones en los siguientes términos:

a).- Para la contratación de deuda, observar invariablemente lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Deuda Pública del Estado y Municipios de Zacatecas.

Recomendación que deberá hacerse extensiva al Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas, ya que la ley no le otorga la facultad o competencia para destinar los recursos financieros del Estado a fines distintos a los previamente aprobados.

b).- La ejecución de obras debe realizarse de acuerdo a las normas y presupuestos aprobados, como lo establecen los artículos 3 de la Ley de Obras Públicas de Gobierno del Estado y 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio.

c).- Presentar la documentación comprobatoria de los recursos aún no ejercidos, actas de entrega recepción y reporte fotográfico.

CUARTO.-     El detalle de cada una de las observaciones y su solventación se contiene en el Informe de Resultados de la Revisión , en el Informe Complementario, así como en la información adicional que por unanimidad las Presidencias de las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda se solicitó a la Auditoría Superior del Estado, formando parte integrante del presente Instrumento Legislativo.

         Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento además en lo dispuesto por el artículo 65 fracción XXXI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, por los artículos 14 fracciones I y III, y 19 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 86 párrafo 1, 88, 90 y demás relativos del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se

DECRETA

PRIMERO.- Con la salvedad que ha quedado indicada en el presente Decreto, y una vez que se informe puntualmente por la Auditoría Superior del Estado a esta Asamblea Popular del cumplimiento del pliego de recomendaciones, se aprueban   los movimientos financieros de ingreso, administración y gasto, obras y servicios públicos relativos a la Cuenta Pública del Municipio de JIMÉNEZ DEL TÉUL, ZACATECAS , del periodo administrativo del PRIMERO DE ENERO AL TREINTA Y UNO DE DICIEMBRE DEL AÑO FISCAL 2002.

SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado para que emita PLIEGO DE RECOMENDACIONES, en los términos señalados con antelación, del cual deberá dar puntual seguimiento e informar con toda oportunidad a la Legislatura del Estado para los efectos de su competencia Constitucional.

TERCERO.- El presente Decreto permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que competa ejercer o fincar a esa y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros federales, así como de aquellos – propios y/o transferidos -, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente cuenta pública.

T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Estado, el día 12 de Octubre de 2004.

 

PRESIDENTE

  DIP. CONSTANTINO CASTAÑEDA MUÑOZ

 

SECRETARIO

SECRETARIA

 

DIP. VICENTE MÁRQUEZ SÁNCHEZ

DIP. SONIA DE LA TORRE BARRIENTOS