DECRETO #   290  

LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA

RESULTANDO PRIMERO.- En cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 49, fracción XIV de la Ley Orgánica del Municipio, el H. Ayuntamiento Municipal de Valparaíso, Zacatecas, presentó en tiempo y forma a la Honorable Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2004 y fue turnada por la Comisión de Vigilancia a la Auditoría Superior del Estado el día 5 de Abril de 2005, a fin de que procediera a la revisión operativa y remitiera a esta Asamblea Legislativa el informe de resultados procedente.

RESULTANDO SEGUNDO.- En fecha 30 de Noviembre de 2005 la Auditoría Superior del Estado hizo llegar a esta Legislatura, el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública del Municipio de Valparaíso, Zacatecas, del Ejercicio Fiscal 2004.

El documento contiene el el detalle del proceso de revisión de la cuenta pública, la auditoría a la gestión financiera con los conceptos de ingresos por la cantidad de $ 72'253,705.68 (SETENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCO PESOS 68/100 M.N.), los cuales se encuentran conformados por $ 42'090,493.27 (CUARENTA Y DOS MILLONES NOVENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES PESOS 27/100 M.N.) de Ingresos Propios, Participaciones, Deuda Pública y otros Programas; además de $ 30'163,212.41 (TREINTA MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS DOCE PESOS 41/100 M.N.) de Aportaciones Federales del Ramo 33; al de egresos con el presupuesto ejercido por un monto de 30'920,308.47 (TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS OCHO PESOS 47/100 M.N.); así como a lo referente a la deuda pública contratada y su proyección financiera para su amortización, la actualización del patrimonio del municipio y la fiscalización a la obra pública.

Concepto Revisado

Porcentaje de Revisión

Ingresos

82.91 %

Egresos

19.92 %

Obra Pública

22.70 %

El resultado de la auditoría deriva derivó en la promoción de 14 acciones, de las que 11 son fueron preventivas y 3 correctivas.

El En el Informe de Resultados, que para los efectos del presente Dictamen Legislativo se considera consideró como anexo, contiene igualmente el señalamiento del se señaló el plazo legal para que las autoridades municipales solventaran las observaciones determinadas.

RESULTANDO TERCERO.- Concluido el plazo legal otorgado de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, la Auditoría Superior presenta presentó en oficio PL-02-07/1221/2006 de 5 de Junio de 2006, Informe Complementario a los Informes de Resultados de la Revisión de la Cuenta pública 2004 , del municipio de Valparaíso, Zacatecas.

Recibido para su trámite Constitucional, se turnó a las Comisiones Legislativas autoras del presente dictamen de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda , las que procedieron a evaluar los procedimientos de auditoría, así como la correcta aplicación y observancia de la normatividad, obteniendo como consecuencia el siguiente resumen.

TIPO DE ACCIÓN

DETERMINADAS EN REVISIÓN

SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES

 

 

 

Cantidad

TIPO

 

Correctivas

 

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

2

2

0

 

0

Preventivas

 

Recomendación

12

12

0

 

0

TOTAL

14

14

0

0

 

SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES

1.-     La Auditoría Superior del Estado solicitará la atención de las actuales autoridades municipales para la adopción de medidas correctivas y preventivas, el establecimiento de sistemas de control y supervisión eficaces, para que los recursos públicos se administren con eficiencia y honradez en el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.

CONSIDERANDO PRIMERO.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 115 que cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa y define la facultad de las Legislaturas de los Estados para aprobar las Leyes de Ingresos de los municipios y revisar sus cuentas públicas.

CONSIDERANDO SEGUNDO.- La Constitución Política del Estado de Zacatecas otorga a la Legislatura en el artículo 65 la facultad de revisar y resolver sobre las cuentas públicas del Gobierno Estatal, de los municipios y de sus entes públicos paraestatales y paramunicipales.

CONSIDERANDO TERCERO.- La Ley Orgánica del Poder Legislativo concede a la Legislatura en concatenación a las disposiciones constitucionales, la facultad de revisar la cuenta pública de los ayuntamientos y verificar los resultados de su gestión financiera y el cumplimiento de las metas fijadas en los programas y proyectos de los presupuestos de egresos del Presupuesto de Egresos .   Sustentar la función fiscalizadora del Poder Legislativo le permite evaluar las decisiones municipales con una óptica eminentemente social.

CONSIDERANDO CUARTO.- Una demanda de la ciudadanía, es la transparencia en la rendición de cuentas, a fin de que se conozca y , en su caso , se sancione , el que cada peso invertido corresponda a una necesidad de gasto socialmente considerada; responsabilidad del Poder Legislativo , única, indivisible e intransferible de acuerdo con el mandato constitucional; de tal manera que al emitir como Colectivo Plural una resolución apoyada en un dictamen técnico de la Auditoría Superior del Estado , determina si es procedente o nó aprobar una cuenta pública, los movimientos financieros de ingresos, gasto, contratación y amortización de deuda.

CONSIDERANDO QUINTO.- En el caso del municipio de Valparaíso, las observaciones de la Auditoría Superior del Estado , fueron valoradas por este Dictaminador Colegiado el Pleno de esta Asamblea Popular , concluyendo que en el particular fueron razonablemente correctos correctas y válidos por lo tanto válidas para apoyar nuestra opinión en el sentido de aprobar la cuenta pública del ejercicio fiscal 2004.

Por todo lo anteriormente expuesto, y con fundamento además en lo dispuesto por el artículo 65 fracción XXXI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; por los artículos 14 fracciones I y III y 15 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 86 párrafo 1, 88, 90 y demás relativos del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de Decretarse y se

 

DECRETA

PRIMERO.- Con base en los documentos respaldo de los estados financieros presentados; en la razonabilidad de la administración de los ingresos y egresos de la gestión gubernamental del municipio de Valparaíso, Zacatecas, durante el Ejercicio Fiscal de 2004, se SE APRUEBA la cuenta pública correspondiente.

SEGUNDO.- La aprobación de la Cuenta Pública del municipio de Valparaíso, Zacatecas, relativa al Ejercicio Fiscal de 2004, deja a salvo los derechos y responsabilidades que competa ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros federales, así como de aquellos -propios y/o transferidos-, no considerados en la revisión aleatoria practicada a la cuenta pública del señalado Ejercicio Fiscal.

TERCERO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que dé seguimiento al programa de capacitación para las áreas de Tesorería, Desarrollo Social y Obras Públicas municipales.

T R A N S I T O R I O S

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN .

D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Octava Legislatura del Estado, a los veintidós días del mes de Junio del año dos mil seis.

 

PRESIDENTE

DIP. PEDRO GOYTIA ROBLES

  

SECRETARIA

 

SECRETARIA

DIP. LIDIA VÁZQUEZ LUJÁN

DIP. SONIA DE LA TORRE BARRIENTOS