Se exhorta a los Gobiernos Federal y Estatal, a que se abstengan de utilizar programas sociales con fines electorales. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
ACUERDO # 158
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS.
RESULTANDO ÚNICO.- En fecha 18 de mayo de 2010, se recibió en la Secretaría General de la Legislatura, la Iniciativa con Punto de Acuerdo que presentan los CC. Diputados, Artemio Ultreras Cabral, Ubaldo Ávila Ávila, Leodegario Varela González, Jorge Luis Rincón Gómez, Francisco Escobedo Villegas, José Luis García Hernández, José María González Nava, J. Jesús Maquir Enriquez Rodríguez, Angélica Náñez Rodríguez y Luis Rigoberto Espinoza, en ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 64 y 65 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; los artículos 17 fracción I, 25 fracción I, 45 y 48 fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 101 fracción III, 102, 103, 104 y 105 del Reglamento General, para someter a la consideración del Pleno se exhorte a los Gobiernos Federal y Estatal, a que se abstengan de utilizar programas sociales con fines electorales, al tenor de la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La política de desarrollo social y humano, basada en el mejoramiento del nivel de vida y bienestar de las y los mexicanos en sus diferentes facetas, es una prioridad universal que forma parte de los correspondientes Plan Nacional y Estatal de Desarrollo y que nuestra legislación reconoce.
El presupuesto aprobado por el Congreso de la Unión, para llevar a cabo los planes y programas desarrollados por el Gobierno Federal, así como el aprobado por la Legislatura del Estado para el impulso de los correspondientes programas sociales implementados por el Gobierno del Estado, debe destinarse a su cabal cumplimiento con el fin de que las directrices marcadas por las instituciones responsables de la política social en ambos ordenes de gobierno, posean una mayor operatividad para sus destinatarios.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, establece que la disposición de recursos públicos, debe hacerse con completa eficiencia, eficacia, transparencia y honradez y ese mismo numeral, en su séptimo párrafo, estipula la obligación de los servidores públicos de cualquiera de los tres niveles de gobierno, de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
En consecuencia, es responsabilidad de los órganos facultados del Estado, en los diferentes órdenes de gobierno vigilar la aplicación de los programas sociales, así como de todos los recursos destinados desde los gobiernos federal y estatal, para no ser abusivamente empleados con propósitos electorales, promoción partidista o personal.
Dada la gran amplitud de los programas sociales ofertados por los gobiernos federal y estatal, se han destinado recursos y facultades para su realización y a pesar de la existencia de un marco jurídico en los dos órdenes de gobierno en materia de desarrollo social que sanciona cualquier tipo el uso partidista de los mismos, en el Estado se ha denunciado permanente por parte de la ciudadanía, el uso electoral de estos programas por las autoridades responsables de su instrumentación, en el proceso electoral en curso en la Entidad.
Esta irregularidades, visibles en la puesta en práctica de los programas sociales, encaminados a favorecer a las y los zacatecanos que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad económica, ponen en entre dicho el valor que tanto el Gobierno Federal como el Estatal supuestamente difunden en relación a la transparencia, la imparcialidad y el respeto a la legalidad dentro del proceso electoral.
Es indispensable que la provisión de los programas sociales, deje de perseguir acciones de uso político-electoral o promoción personal, por ser estas contrarias no sólo a lo consagrado dentro de nuestro marco jurídico e institucional, sino, opuesto a los valores éticos y de respeto a la dignidad humana. Los Gobiernos Federal y Estatal están obligados a vigilar el cumplimiento de la Ley y a crear las condiciones en el Estado para que las elecciones se desarrollen en un clima de paz social.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento además en los artículos 105 y relativos del Reglamento General del Poder Legislativo del Estado, es de acordarse y se acuerda:
ÚNICO.- La Quincuagésima Novena Legislatura del Estado de Zacatecas exhorta los Gobiernos Federal y Estatal, a abstenerse de utilizar los programas sociales dirigidos a la población, con fines electorales que influyan en la voluntad ciudadana en el ejercicio del sufragio en el proceso electoral en curso en el Estado.
Dado en Sala de Sesiones de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, el día 18 del mes de mayo del año dos mil diez.
PRESIDENTE
DIP. LEODEGARIO VARELA GONZÁLEZ
SECRETARIO
DIP. MANUEL DE JESÚS GARCÍA LARA
SECRETARIO
DIP. JOEL DEL VILLAR CASTILLO
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