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Se autoriza al Municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, para que enajene bajo la modalidad de dación en pago a favor del C. Baudelio Medrano García. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 389
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:
RESULTANDO PRIMERO.- El día 23 de junio del año 2009, se recibió en la Oficialía de Partes de esta Legislatura, oficio número 222/2009, suscrito por el Secretario General y el Coordinador General Jurídico de Gobierno del Estado, con fundamento en lo establecido por los artículos 133 fracción II y 145 Apartado B de la Constitución Política del Estado; 10 fracciones I y XII, 24 fracción III y 34 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 17, 28 y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios; 6 fracciones II y XVI del Reglamento Interior de la Coordinación General Jurídica, en el que remitieron solicitud que presentó el Ayuntamiento de Santa María de la Paz, Zacatecas, para enajenar un bien inmueble con superficie de 01-64-20 hectáreas a favor del C. Baudelio Medrano García.
RESULTANDO SEGUNDO.- Por acuerdo del Diputado Presidente de la Mesa Directiva, mediante memorándum número 738, de fecha 25 de junio de 2009, la Iniciativa fue turnada a las Comisiones Legislativas Primera y Segunda de Hacienda, para su análisis y la emisión del correspondiente dictamen.
RESULTANDO TERCERO.- El Ayuntamiento de Santa María de la Paz, Zacatecas, adjuntó a su solicitud la siguiente documentación:
Oficio número 278 de fecha 1 de junio de 2009, suscrito por el Presidente, Secretario y Síndico del Municipio de referencia, en el que exponen que el motivo por el cual se solicita la enajenación del inmueble en dación en pago, es porque el Municipio le compró un predio al solicitante C. Baudelio Medrano García para la construcción de un panteón municipal con mejores condiciones, deuda que el Municipio pagó en efectivo en parte y el resto será sufragada con el mencionado inmueble;
Copia certificada del Acta de Cabildo número 33 del día 7 de marzo de 2009, en la que se llevó a cabo la Décimo Sexta Sesión Ordinaria, en la que en el punto seis del orden del día, se aprobó por unanimidad de votos, la enajenación de un inmueble en calidad de dación en pago a favor del solicitante Baudelio Medrano García;
Copia certificada del acta número siete mil sesenta y uno, volumen LXIII (sesenta y tres), de fecha 21 de diciembre de 2005, en la que el Licenciado Alberto Rosales Acevedo, Notario Público número Treinta y Nueve del Estado, hace constar el contrato de compraventa, que celebran por una parte en calidad de vendedor, el C. Lorenzo Torres González y por la otra como compradora, la Presidencia Municipal de Santa María de la Paz, Zacatecas, representada por los CC. Benjamín Robles Cervantes y Miguel Ángel Ruiz Sandoval, Presidente y Síndico del Municipio, respecto de un predio con superficie de 1-64-20 hectáreas, en el inmueble rustico de agostadero denominado “La Calera”. El instrumento se encuentra inscrito bajo el número 25, folios 104-106, volumen 2, libro primero, sección quinta de fecha 27 de agosto de 2008;
Copia certificada del acta número diez mil novecientos ochenta y cinco, volumen número CIX (ciento nueve), de fecha 27 de noviembre de 2008, en la que el Licenciado Alberto Rosales Acevedo, Notario Público número Treinta y Nueve del Estado, hace constar el contrato de compraventa de un predio con superficie de 9,196.00 M2, que celebran, por una parte como vendedor el C. Baudelio Medrano García y por la otra, como compradora la Presidencia Municipal de Santa María de la Paz, representada por el Presidente y Síndico del Municipio, CC. J. Ángel Torres Rivas y Salvador González Cervantes, respectivamente. El instrumento se encuentra inscrito bajo el número 26, folios 107-109, volumen 2, libro primero, sección quinta, de fecha 10 de Diciembre de 2008. Inmueble que el C. Baudelio Medrano García adquirió en fecha 27 de octubre de 2008, mediante acta número diez mil ochocientos sesenta y nueve, volumen CVIII (ciento ocho), de la misma fe notarial, mediante contrato de compraventa, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el número 23, folio 73, volumen 134, libro primero, sección primera, en fecha 3 de noviembre de 2008;
Avalúo comercial del inmueble, expedido por el Ingeniero Jorge Torres Torres, por la cantidad de $82,100.00 (ochenta y dos mil cien pesos 00/100 m.n.);
Avalúo catastral del inmueble, que asciende a la cantidad de $9,852.00 (nueve mil ochocientos cincuenta y dos pesos 00/100 m.n.);
Plano del predio;
Oficio número 152 de fecha 26 de febrero de 2009, expedido por el Director de Obras Públicas Municipales, en el que certifica que el inmueble en mención, no está destinado para alguna obra específica, ni tiene valor arqueológico, histórico o artístico para el Municipio, y
Oficio número 68 de fecha 17 de marzo de 2009, en el que el Síndico del Municipio, hace constar que el ciudadano Baudelio Medrano García no tiene parentesco hasta el cuarto grado por consanguinidad ni por afinidad hasta el segundo grado, con ninguno de los miembros que conforman el Ayuntamiento, ni con los titulares de las Dependencias del Gobierno Municipal.
CONSIDERANDO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 119 fracción XXI, 133 fracción II, 145 apartado B de la Constitución Política del Estado; 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio; 22 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 5 fracción II, 27, 28 y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, es facultad de la Legislatura del Estado aprobar las enajenaciones y gravámenes de bienes inmuebles del dominio privado de los municipios.
CONSIDERANDO SEGUNDO.- De conformidad con las constancias que obran en el expediente, se acredita que el predio que nos ocupa, ubicado en el predio rustico de agostadero denominado “LA CALERA”, con superficie de 01-64-20 hectáreas, forma parte del patrimonio del Municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: al Norte mide dos líneas de 52.50 y 78.50 metros y linda con propiedad de Fructuoso Villegas Ortiz; al Oriente mide dos líneas de 49.00 y 79.00 metros y linda la primera con propiedad de Fructuoso Villegas Ortiz y la segunda con callejón de por medio y con propiedad de Armando Cervantes Gómez, al Sur mide 112.50 metros y linda con propiedad de Enrique Correa Alatorre, y al Poniente en tres líneas mide 68.00, 49.00 y 9.00 metros y linda con propiedad de Fructuoso Villegas Ortiz.
CONSIDERANDO TERCERO.- En criterio del Pleno de esta Legislatura, con las documentales referidas quedan plenamente acreditados los motivos sociales en beneficio de la población con la construcción de un panteón municipal de mejores condiciones, se autoriza la enajenación en calidad de dación en pago a favor del ciudadano solicitante.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 65, fracción I de la Constitución Política del Estado; 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Se autoriza al Municipio de Santa María de la Paz, Zacatecas, para que enajene bajo la modalidad de dación en pago a favor del C. Baudelio Medrano García, el inmueble cuya ubicación, superficie, medidas y colindancias se puntualizan en la parte considerativa de este Instrumento Legislativo.
SEGUNDO.- Los gastos que se originen con motivo del traslado de dominio, correrán a cargo del solicitante.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a primero de diciembre del año dos mil nueve.
PRESIDENTA
DIP. MARÍA HILDA RAMOS MARTÍNEZ
SECRETARIO
SECRETARIO
DIP.FELICIANO MONREAL SOLÍS
DIP. CLEMENTE VELÁZQUEZ MEDELLÍN
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