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Se autoriza al Ayuntamiento de Zacatecas, Zacatecas, para que conceda una prórroga, hasta por doce años, de la concesión para el uso, aprovechamiento de espacio público y la explotación con fines turísticos de cinco telescopios ubicados en el Cerro de la Bufa. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 266
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:
RESULTANDO PRIMERO.- En fecha 2 de Julio del año 2008, se recibió en la Oficialía de Partes de esta Legislatura, oficio número 059/2008, suscrito por el Secretario General de Gobierno del Estado, en el que remitió solicitud de la Presidencia de Zacatecas, para que esta Asamblea Popular autorizara una prórroga de la concesión de cinco telescopios ubicados en el Cerro de la Bufa en favor del C. Pedro Edgardo Escobedo Olmos.
RESULTANDO SEGUNDO.- Mediante memorándum número 296, de fecha 8 de Julio de 2008, luego de su primera lectura en sesión de la Comisión Permanente, la solicitud fue turnada a la Comisión Legislativa de Desarrollo Económico y Turismo, para su estudio y dictamen.
RESULTANDO TERCERO.- En fecha 6 de Noviembre del año pasado, el Diputado Presidente de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo, solicitó a la Presidencia de la Mesa Directiva, la ampliación de turno a las Comisiones Legislativas de Hacienda, respecto de la solicitud presentada.
RESULTANDO CUARTO.- En fecha 21 de Noviembre del año 2008, mediante memorándum número 472, el Diputado Presidente de la Mesa Directiva, por solicitud de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo, amplió el turno del expediente, a las Comisiones Legislativas de Hacienda.
RESULTANDO QUINTO.- El Ayuntamiento de la Capital adjuntó a su solicitud la siguiente documentación:
Oficio número PMZ/044/2008, expedido por el Presidente Municipal de Zacatecas en fecha 18 de Abril del año 2008, en el que solicita a la Titular del Ejecutivo del Estado, remita solicitud ante esta Legislatura, a efecto de autorizar prórroga de una concesión de cinco telescopios ubicados en el Cerro de la Bufa a favor del C. Pedro Edgardo Escobedo Olmos;
Oficio número 119/2008, expedido por el Secretario de Gobierno Municipal de Zacatecas, en el que certifica que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada en fecha 29 de Enero de 2008, se aprobó por unanimidad de votos el Dictamen que emitió la Comisión de Turismo y Espectáculos Públicos, relativo a la autorización de prórroga de una concesión hasta por doce años, de cinco telescopios ubicados en el Cerro de la Bufa, a favor del C. Pedro Edgardo Escobedo Olmos, y
Copia del suplemento al número 91 del Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado, de fecha 15 de Noviembre de 1995, en el que se encuentra publicado el Decreto número 03 expedido por la Quincuagésima Quinta Legislatura del Estado, relativo a la autorización al Ayuntamiento de Zacatecas, para que concesione a favor del C. Pedro Edgardo Escobedo Olmos, por doce años, la instalación y explotación de cinco telescopios en el Cerro de la Bufa.
CONSIDERANDO ÚNICO.- Las concesiones sobre bienes de dominio público, otorgan frente a la administración estatal o municipal, el derecho que tiene una persona para realizar el uso, aprovechamiento o explotación sobre un determinado bien.
La Constitución Política del Estado en su artículo 119, fracción VI, inciso j), párrafo segundo señala como facultad de los Ayuntamientos:
“La enajenación de inmuebles que formen parte del patrimonio inmobiliario del municipio, el otorgamiento de concesiones para que los particulares operen una función o presten un servicio público municipal, la suscripción de empréstitos o créditos, la autorización para que la hacienda pública municipal sea ejercida por persona distinta al Ayuntamiento, la celebración de actos o suscripción de convenios que comprometan al municipio por un plazo mayor al periodo del Ayuntamiento, así como la solicitud para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal, requerirá de la autorización de la Legislatura y de la mayoría calificada de los miembros que integren el Cabildo respectivo”.
Asimismo, la Ley Orgánica del Municipio en su artículo 49, fracción V, señala como facultad de los Ayuntamientos:
“Contratar o concesionar obras y servicios públicos municipales, en los términos de la presente ley y sus reglamentos, solicitando en su caso, la autorización de la Legislatura del Estado”.
Por todo lo anterior, el Pleno de esta Asamblea Popular autoriza una prórroga de la concesión que le fuera otorgada en el año de 1995 por la Presidencia de Zacatecas, al C. Pedro Edgardo Escobedo Olmos, por un término igual de hasta doce años, para el uso, aprovechamiento y explotación de cinco telescopios ubicados en el Cerro de la Bufa, toda vez que se cumplieron los requisitos que al efecto señala el artículo 130 de la Ley Orgánica del Municipio, en los términos siguientes:
La solicitud del interesado ante el Municipio de referencia;
El acuerdo de las dos terceras partes de los miembros del Cabildo, que aprueba la autorización;
Plazo estipulado de treinta días antes del vencimiento para la otorgación de una prórroga de la concesión, y
La posibilidad jurídica y material de continuar prestando el servicio con fines turísticos.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 65, fracción I de la Constitución Política del Estado; 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
ÚNICO.- Se autoriza al Ayuntamiento de Zacatecas, Zacatecas, para que conceda una prórroga, hasta por doce años, de la concesión para el uso, aprovechamiento de espacio público y la explotación con fines turísticos de cinco telescopios ubicados en el Cerro de la Bufa, en favor del C. Pedro Edgardo Escobedo Olmos.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los cinco días del mes de Marzo del año dos mil nueve.
PRESIDENTE
DIP. SEBASTIÁN MARTÍNEZ CARRILLO
SECRETARIA
SECRETARIO
DIP.MARÍA HILDA RAMOS MARTÍNEZ
DIP. FELICIANO MONREAL SOLÍS
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