0 Usuario(s)
9 Invitado(s)
2 Buscador(es):
Google Google
Record de invitados y usuarios en linea: 142
Se exhorta al Gobierno Federal por medio de la Secretaria de Economía, a efecto de que ajuste el precio del gas LP según los salarios mínimos de cada área geográfica del País. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
ACUERDO # 95
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS.
RESULTANDO ÚNICO.- Con fecha 10 de marzo de 2009, EL Ciudadano Diputado rafael candelas salinas, integrante de esta Legislatura del Estado, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 60 fracción I de la Constitución Política del Estado; 46 fracción I y 48 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 95 fracción I, 96 y 97 fracción III del Reglamento General, sometió a la consideración del Pleno la presente iniciativa de punto de acuerdo al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
México es una Nación privilegiada y rica en recursos naturales. Algunos de estos recursos, señaladamente el petróleo, nos han servido para alcanzar niveles de desarrollo económico y social que seguramente hubiéramos tardado más en lograr si no dispusiéramos de ellos.
Con el objeto de proteger y desarrollar esta riqueza, el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha establecido los recursos que son considerados como del dominio directo de la Nación, entre cuyas características se encuentra que son inalienables e imprescriptibles, es decir, que nunca pueden ni deben salir de la propiedad y dominio del Estado.
El propio artículo 27 dispuso además que, tratándose del petróleo y de todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, no puede haber concesiones ni contratos y, por tanto, sólo la Nación llevará a cabo su explotación.
Congruente con lo anterior, los artículos 25 y 28 de la propia Constitución señalan que el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas, como el petróleo, y que el Estado contará con los organismos que requiera para el más eficaz manejo de tales áreas.
El presente punto de acuerdo se sujeta estrictamente y sin ambigüedades a las disposiciones constitucionales aludidas y, por tanto, las premisas que la orientan y limitan consisten fundamentalmente en que:
Corresponde sólo a la Nación el dominio y propiedad del recurso;
Continúa vigente y fortalecida la prohibición de que en esta materia no habrá concesiones ni contratos, a través de los cuales se pretendan vulnerar los mandatos constitucionales;
El aprovechamiento y explotación del recurso sólo le corresponde a la Nación, y
El Estado mantiene la propiedad y el control total sobre Petróleos Mexicanos, el cual conserva además su naturaleza de organismo descentralizado de la Administración Pública.
Ahora bien, ante los desafíos a los que se enfrenta nuestro país y el imperativo de incrementar el desarrollo económico para, que en vía de consecuencia, estar en posibilidades de atender las demandas más sentidas de los mexicanos, como los son educación, salud, combate a la pobreza, el financiamiento de la infraestructura y la preservación de la seguridad pública, entre otras, debemos resolver el desafío de que nuestra industria petrolera garantice el suministro de energéticos en los próximos años y el aprovechamiento en beneficio de todos de nuestra riqueza petrolera, superando sus enormes rezagos, y desde luego todo ello sin comprometer los principios establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El gas LP es un producto básico de primera necesidad para todos los hogares, no sólo de Zacatecas si no de todo el mundo entero.
Los usos principales del gas LP son los siguientes:
Obtención de olefinas, utilizadas para la producción de numerosos productos, entre ellos, la mayoría de los plásticos.
Combustible para automóviles.
Combustible de refinería.
Combustible doméstico el cual es utilizado mediante bombas o redes de distribución.
En la Entidad Zacatecana el precio del gas doméstico es uno de los problemas que más afectan los bolsillos de las familias Zacatecanas, especialmente las familias de escasos recursos, actualmente en Zacatecas el precio por kilogramo es de $ 9.88 pesos lo que representa que un cilindro de 30 kilogramos nos cuesta $ 296.40 pesos por lo que es necesario destinar casi seis salarios mínimos para poder adquirir este producto.
La situación actual que se vive en Zacatecas es realmente preocupante principalmente por el aspecto económico, si a ello se le suma que Zacatecas es uno de los Estados que cuenta con el salario mínimo más bajo ya que se encuentra dentro del área geográfica “C” con un salario mínimo de $ 51.95 pesos. Si se compara con el Estado de Nuevo León que se encuentra dentro del área geográfica “B” con un salario mínimo de $ 53.26 pesos, ( 1.31 pesos más) en este lugar el precio por kilogramo de gas lp es de $ 9.31 pesos, ( 57 centavos menos) por lo que un cilindro de 30 kilogramos les cuesta $ 279.30 pesos ( 17.10 pesos menos que en Zacatecas); caso similar sucede en el Estado de Tamaulipas, que se encuentra en el área geográfica “A” con un salario mínimo de $ 54.80 pesos, ( 2.85 pesos más) en esta región el precio por kilogramo de gas lp es de $ 8.60 pesos (1.28 pesos menos) y un cilindro de 30 kilogramos les cuesta $ 258.00 pesos, ( 38.40 pesos menos ). Del análisis anterior se desprende que es injusto que Zacatecas tenga el salario más bajo y se pague el precio del gas lp más alto, esto es, se gana como pobres y se gasta como ricos. En Zacatecas se necesita trabajar 5.7 días para poder adquirir un cilindro de gas y en otras Ciudades como Reynosa, Monterrey o Guadalajara sólo tienen que trabajar 5.2 días para comprar el cilindro de gas.
En mérito de lo anterior y con el ánimo de contribuir en la economía de las familias Zacatecanas, creemos que lo correcto, lo justo es que el precio del gas lp sea en base al salario mínimo en todo el País, para que sea equitativo, es decir, que el precio del gas, sea en base a lo que los ciudadanos ganan por su trabajo, y se ajuste al salario mínimo vigente.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento además en los artículos 105 y relativos del Reglamento General del Poder Legislativo del Estado, es de acordarse y se acuerda:
UNICO.- La H. Quincuagésima Novena Legislatura del Estado exhorta al Gobierno Federal por medio de la Secretaria de Economía, a efecto de que ajuste el precio del gas LP según los salarios mínimos de cada área geográfica del País.
Dado en la Sala de Sesiones de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los diez días del mes marzo del año dos mil nueve.
PRESIDENTE
DIP. SEBASTIAN MARTÍNEZ CARRILLO
SECRETARIA
DIP. MARÍA HILDA RAMOS MARTÍNEZ
SECRETARIO
DIP. FELICIANO MONREAL SOLIS
"El contenido que maneja esta página es sólo de carácter informativo, por lo que carece de validez legal"
DERECHOS RESERVADOS 2008-2010 Poder Legislativo del Estado de Zacatecas Fernando Villalpando y San Agustín SN, Zona Centro, CP 98000